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Documento BORME-C-2009-32646

REAL CLUB CELTA DE VIGO, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 34748 a 34748 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-32646

TEXTO

Aumento de capital social.

Habiendo finalizado el plazo para que los accionistas ejercitasen sus derechos de suscripción preferente, el Consejo de Administración, en uso de la facultad conferida por la Junta General Extraordinaria de fecha 29 de septiembre de 2009, ha acordado que las acciones no suscritas en primera vuelta puedan ser suscritas en segunda vuelta por los acreedores de la Sociedad que hayan elegido la alternativa de capitalización de créditos al adherirse a la propuesta de convenio aprobada en el procedimiento concursal, en la forma y condiciones siguientes:

1. Desembolso. El desembolso se efectuará mediante la compensación total o, en su caso, parcial (a prorrata) de los créditos de los que son titulares frente a la Sociedad. Se hace constar que los créditos susceptibles de compensación son los que se han indicado en el informe de los administradores y en el listado definitivo de créditos aprobado en el procedimiento concursal, los cuales fueron puestos a disposición de los accionistas desde la convocatoria de la Junta General Extraordinaria de 29 de septiembre de 2009.

2. Plazo y procedimiento de suscripción. El plazo para efectuar la suscripción y desembolso será de quince (15) días a contar desde la publicación del presente anuncio, quedando incluido en el cómputo del plazo el mismo día de la publicación. Durante el plazo de suscripción y desembolso, los acreedores interesados deberán remitir a la Sociedad la instancia modelo que se pone a disposición de los mismos en el domicilio de la Sociedad, en la que se consignará la identidad del acreedor, el número de acciones que desea suscribir y la identificación del crédito a compensar como contravalor del aumento de capital.

3. Suscripción incompleta. Si, una vez finalizado el plazo indicado, el aumento de capital no quedare íntegramente suscrito, el capital quedará aumentado en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

Vigo, a, 10 de noviembre de 2009.- Secretario no Consejero del Consejo de Administración, don Javier Mosquera de Valdivielso.

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