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Por medio del presente se hace público que el socio único de la compañía Savac Consultores, S.L.U., el socio único de la compañía Instituto Informático de La Rioja, S.L. y el socio único de la compañía Alhena Tecnología, S.L.U., en sus decisiones adoptadas por los mismos, y por tanto por unanimidad en los respectivos domicilios sociales el 11 de noviembre de 2009, aprobaron la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Savac Consultores, S.L.U. de Instituto Informático de La Rioja, S.L. y de Alhena Tecnología, S.L.U., no siendo de aplicación las normas generales sobre proyecto y balance de fusión en virtud de lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 30 de abril. Por tanto, quedan disueltas y extinguidas Instituto Informático de La Rioja, S.L. y Alhena Tecnología, S.L.U., sin liquidación, que desaparecen del tráfico jurídico, siendo la sociedad Savac Consultores, S.L.U., quien sucede en todos los derechos y obligaciones a las sociedades extinguidas.
Al ser la sociedad absorbente titular de la totalidad de las participaciones de la absorbida Alhena Tecnología, S.L.U., y a su vez siendo la absorbida Instituto Informático de La Rioja, S.L. titular de la totalidad de las participaciones de la absorbente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 49 y 52 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, no procederá efectuar aumento de capital de la sociedad absorbente ni la mención del procedimiento de canje y tipo de canje de las participaciones sociales. Expresamente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión. También el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 30 de abril de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados.
Bilbao, 12 de noviembre de 2009.- El Administrador único de Savac Consultores, S.L.U.- Grupo Corporativo GFI Norte, S.L.U. y en representación don Carlos Muñoz Pérez. El Administrador único de Instituto Informático de La Rioja, S.L.- Grupo Corporativo GFI Norte, S.L.U. y en representación don Carlos Muñoz Pérez. El Administrador único de Alhena Tecnología, S.L.U.- Savac Consultores, S.L.U. y en representación don Alberto Álvarez García.
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