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Documento BORME-C-2009-33705

JUAN PEDRERO E HIJOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PEDRERO XXI, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 35874 a 35874 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-33705

TEXTO

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad "Juan Pedrero e Hijos, Sociedad Limitada", con fecha 13 de noviembre de 2009, ha aprobado por unanimidad la fusión por absorción de "Pedrero XXI, Sociedad Limitada Unipersonal", por parte de "Juan Pedrero e Hijos, Sociedad Limitada", que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la sociedad absorbida, todo ello sobre la base del proyecto de fusión suscrito por todos los Administradores de ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.

Dado que la sociedad absorbente, "Juan Pedrero e Hijos, Sociedad Limitada", es titular de forma directa de todas las participaciones en que se divide el capital de la sociedad absorbida, "Pedrero XXI, Sociedad Limitada Unipersonal", y de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1.4.º de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que la fusión ha sido únicamente aprobada por los socios de la sociedad absorbente, "Juan Pedrero e Hijos, Sociedad Limitada", sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad "Pedrero XXI, Sociedad Limitada Unipersonal".

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y del Balance de fusión, documentos que tienen a su disposición para su examen en el domicilio social de la sociedad absorbente y absorbida. Los acreedores de las sociedades indicadas podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/ 2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Barcelona, 16 de noviembre de 2009.- Los Administradores Solidarios de la sociedad “Juan Pedrero e Hijos, S.L.”, Juan Pedrero Mateos y Concepción García Giner.- El Administrador Único de “Pedrero XXI, S.L.U.”, Carlos Pedrero García.

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