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Documento BORME-C-2009-33861

DINAMIA CAPITAL PRIVADO, SOCIEDAD DE CAPITAL RIESGO,
DE RÉGIMEN COMÚN, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 36030 a 36032 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-33861

TEXTO

Aumento de capital social con derecho de suscripción preferente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, y para el ejercicio de los derechos de suscripción preferente de los accionistas de "Dinamia Capital Privado, Sociedad de Capital Riesgo, de Régimen Común, Sociedad Anónima" (en adelante, "Dinamia" o la "Sociedad"), se hace público que el Consejo de Administración de la Sociedad en su sesión de 17 de noviembre de 2009, al amparo de la delegación otorgada por la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad mediante acuerdo de fecha 29 de junio de 2006, acordó aumentar el capital social en los siguientes términos y condiciones:

1. Importe de la ampliación de capital: El capital social se aumenta en un importe nominal de 11.970.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 3.990.000 acciones ordinarias ("Acciones Nuevas") de 3 euros de valor nominal cada una de la misma clase y serie que las actualmente en circulación. El importe efectivo global de la ampliación de capital ascenderá a 39.900.000 euros, asumiendo su completa suscripción.

2. Representación: Las nuevas acciones estarán representadas mediante anotaciones en cuenta y se regirán por la normativa reguladora del Mercado de Valores, siendo la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (en adelante, "Iberclear") y las entidades participantes las entidades encargadas de la llevanza del registro contable.

3. Tipo de emisión: El tipo de emisión es de 10 euros por acción, esto es, las acciones se emiten con un valor nominal de 3 euros por acción más una prima de emisión de 7 euros por acción.

4. Derecho de suscripción preferente: Tendrán derecho de suscripción preferente de las Acciones Nuevas objeto del presente aumento de capital, en la proporción de 1 acción nueva por cada 3 antiguas, todos los accionistas que, con arreglo a los registros contables de cualquier entidad participante en Iberclear, lo sean a las 23:59 horas de Madrid del 20 de noviembre de 2009, esto es, el día anterior al comienzo del período de suscripción preferente, así como los inversores que adquieran en Bolsa tales derechos de suscripción preferente.

Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan. Por lo tanto, tales derechos serán libremente negociables en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona y a través del Sistema de Interconexión Bursátil.

Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del periodo de suscripción preferente.

5. Procedimiento de suscripción y desembolso: Los derechos de suscripción preferente podrán ejercitarse durante un período de 17 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la oferta en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, esto es, desde el 21 de noviembre hasta el 7 de diciembre de 2009, ambos inclusive, (el "Periodo de Suscripción Preferente"), previa aprobación y registro de la documentación correspondiente por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Durante el Periodo de Suscripción Preferente, los accionistas o inversores que ejerciten la totalidad de los derechos de suscripción de los que sean titulares (los "Suscriptores Iniciales") y deseen incrementar su participación podrán asimismo solicitar, simultáneamente y con carácter irrevocable, la suscripción de acciones adicionales, sin límite alguno, para el supuesto de que al término del Período de Suscripción Preferente quedaran acciones no suscritas (en adelante, las "Acciones Sobrantes"). Para ejercitar los derechos de suscripción preferente y, en su caso, realizar solicitudes de acciones adicionales, los titulares de dichos derechos deberán dirigirse a las Entidades Participantes en cuyos registros tengan inscritos los valores. La solicitud de acciones adicionales por los accionistas sólo podrá realizarse si han ejercitado todos los derechos de suscripción preferente que les corresponden. El procedimiento para la suscripción de las Acciones Nuevas y la solicitud de acciones adicionales se detalla en el Folleto Informativo de la emisión. En el supuesto de que finalizado el Período de Suscripción Preferente hubiera Acciones Sobrantes, éstas se distribuirán entre los Suscriptores Iniciales que las hubieran solicitado con arreglo a las reglas indicadas en el Folleto Informativo de la emisión. Si transcurrido el Período de Suscripción Preferente y el período de asignación de Acciones Sobrantes existiera aún un remanente de acciones sin suscribir, cualquier accionista (haya ejercitado o no sus derechos de suscripción preferente) o persona física o jurídica no accionista, podrá solicitar nuevas acciones a Banco Espírito Santo de Investimento, S.A., Sucursal en España, que actúa como entidad agente y colocadora en el aumento de capital, y el Consejo de Administración de Dinamia (o las personas facultadas por éste para ello) tendrá la facultad discrecional de asignar y adjudicar todas o parte de dichas acciones no suscritas.

6. Desembolso: El desembolso íntegro del importe de cada Acción Nueva suscrita en ejercicio de los derechos de suscripción preferente se realizará por los suscriptores en el momento de la suscripción, a través de las Entidades Participantes en las que hayan cursado sus órdenes de suscripción. El desembolso íntegro del importe de las Acciones Sobrantes que se adjudiquen a los suscriptores durante el período de asignación de Acciones Sobrantes, por su parte, se efectuará por dichos suscriptores el día hábil siguiente a la conclusión de dicho período, una vez que les sea comunicada la adjudicación por las Entidades Participantes e igualmente a través de ellas, sin perjuicio de que puedan solicitarse a los suscriptores las oportunas provisiones de fondos. Por último, las personas que suscriban acciones durante el período de asignación discrecional deberán desembolsar íntegramente el importe de dichas acciones, a través de la entidad agente, no más tarde del día hábil siguiente a la conclusión de dicho período.Todo ello conforme a lo previsto en el Folleto Informativo.

7. Suscripción incompleta: En el acuerdo de emisión se ha previsto expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas.

8. Derechos de las Acciones Nuevas: Las Acciones Nuevas conferirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de Dinamia actualmente en circulación desde el momento en que queden inscritas en el registro de anotaciones en cuenta de Iberclear. En particular, las Acciones Nuevas participarán de los resultados obtenidos por la Sociedad desde el 1 de enero de 2009, por lo que sus titulares tendrán derecho a percibir el importe íntegro de los dividendos que se acuerde distribuir, en su caso, con cargo a los resultados del ejercicio 2009.

9. Cotización en Bolsa: Dinamia solicitará la admisión a negociación oficial de las acciones objeto del presente aumento de capital en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona y su contratación en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo).

10. Folleto de emisión: El Folleto informativo de la emisión y oferta de suscripción de las Acciones Nuevas que se ajusta al Reglamento (CE) 809/2004 de la Comisión Europea de 29 de abril de 2004, ha sido aprobado y registrado por la Comision Nacional del Mercado de Valores. Existen ejemplares del Folleto a disposición del público en el domicilio social de Dinamia, sito en Padilla 17, Madrid. Asimismo, el Folleto se encuentra disponible en formato electrónico en las páginas web de Dinamia (www.dinamia.es) y de la Comision Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es).

Madrid, 19 de noviembre de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración, Luis de Carlos Bertrán.

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