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Documento BORME-C-2009-34826

ENSANCHE 19, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EDIFICIO ÉPOCA, S.A.
REMOINVER, S.A.
Y MANUFACTURAS ALCIDES, S.A.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 37042 a 37044 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-34826

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las sociedades Mercantiles, de 3 de abril de 2009, se hace público que las Juntas generales universales de las entidades ENSANCHE 19, S.A., como sociedad absorbente, y la mercantil EDIFICIO ÉPOCA, S.A, así como la entidad REMOINVER, S,A., como entidades absorbidas, aprobaron la operacion de fusión por absorción por parte de la primera de ellas de las dos citadas sociedades absorbidas, las cuales transmiten todo su patrimonio en bloque a título de sucesión universal a la mencionada sociedad absorbente, que se subrogará en la totalidad de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Todo ello en los términos del proyecto de fusión de fecha 8 de octubre de 2009, acompañado del documento de rectificación y subsanación del mismo, de fecha 17 de noviembre de 2009, calificado favorablemente y depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 26 de noviembre de 2009.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los Balances de fusión de las sociedades indicadas, así como el derecho de los acreedores de cada una de ellas a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 43 de la citada Ley 3/2009 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, de 3 de abril de 2009.

Igualmente, se pone de manifiesto que la Junta general extraordinaria de la entidad ENSANCHE 19, S.A., ha acordado la fusión impropia por la cual, como entidad absorbente, ha absorbido a su filial directa e integramente participada, MANUFACTURAS ALCIDES, S.A. Todo ello en los términos del proyecto de fusión de fecha 8 de octubre de 2009, acompañado del documento de rectificación y subsanación del mismo, de fecha 17 de noviembre de 2009, calificado favorablemente y depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 26 de noviembre de 2009.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los Balances de fusión de las sociedades indicadas, así como el derecho de los acreedores de cada una de ellas a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 43 de la citada Ley 3/2009 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, de 3 de abril de 2009.

Consecuencia de las operaciones de fusión citadas, la entidad ENSANCHE 19, S.A. ha procedido a modificar sus Estatutos sociales, siendo aprobado el texto de los nuevos Estatutos sociales que regirán la sociedad, habiéndose acordado por las Juntas generales citadas la modificación de su denominación social, pasando a tomar la denominación de la entidad absorbida EDIFICIO ÉPOCA, S.A., así como trasladando su domicilio social, quedando fijado en Valencia, Plaza del Ayuntamiento, número 21-planta 4.ª, a la vez que modificando su objeto social.

Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, se pone de manifiesto los referidos acuerdos adoptados por la entidad absorbente ENSANCHE 19, S.A., modificativos de los artículos 1.º, 2.º y 3.º de los Estatutos sociales que quedar con la redacción que a continuación se hace constar:

"Articulo 1.º.- DENOMINACIÓN.- La sociedad anónima que se constituye se denominará"EDIFICIO ÉPOCA, S.A.", es de nacionalidad española, y se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1.564/1.989 de 22 de diciembre, por las disposiciones de caracter general, principales o supletorias aplicables a la misma, y por los presentes Estatutos y acuerdos sociales posteriores.

Siempre que en los presentes Estatutos se haga referencia a una Ley, si no se dispone de otra cosa, se entiende aplicable la mencionada anteriormente."

"Artículo 2.º.- OBJETO.- La sociedad tiene por objeto:

1) La contratación y construcción de obras públicas o privadas, propias o ajenas, movimiento de tierras y perforaciones, desmontes y vaciados, explanaciones, canteras, pozos y galerías, edificaciones o urbanizaciones, demoliciones, estructuras de fábrica y hormigón, metálicas, de albañilería y carpintería en general, obras hidráulicas, viales y pistas con firmes de hormigón hidráulico y mezclas bituminosas y otras obras de viales sin cualificación específica; instalaciones eléctricas y mecánicas, de tratamiento de aguas, contra incendios, de gas, así como la construcción de edificios industriales, comerciales y viviendas para su explotación en venta o en renta, con exclusión de las operaciones de leasing.

2) La adquisición, enajenación y explotación, en cualquier forma de bienes inmuebles de todas clases ya sean de naturaleza rústica o urbana, así como la parcelación o división de los mismos del modo que estime conveniente.

3) La realización de toda clase de actividades industriales relacionadas de cualquier forma con la construcción o con los elementos y materiales que se integran en ellas o que son auxiliares para la misma, tales como la fabricación de elementos de carpintería de madera y metálica, cerrajería, pavimentos y revestimientos; alquileres de equipos y maquinaria para la construcción, así como la reparación de la misma.

4) La adquisición, almacenamiento, manipulación, venta, distribución y comercialización de materiales, materias primas, módulos y elementos necesarios para la construcción.

5) La promoción y construcción de todo tipo de inmuebles, de oficinas, vivienda y naves industriales, el arrendamiento de fincas urbanas destinadas a viviendas, oficinas y locales de negocio.

6) La urbanización y parcelación de terrenos, la compraventa, administración y arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles. Se excluye el arrendamiento financiero.

7) La compraventa y arrendamiento de bienes muebles o inmuebles. Se excluye el arrendamiento financiero.

8) La manufactura de toda clase de artículos comprendidos en los distintos sectores de la industria de la confección, su distribución y venta en la forma que se crea más oportuna; la difusión de los artículos y de las marcas que los amparen, bien sean éstas propiedad de la Sociedad, bien sean explotadas por la misma por licencia o por cualquier otro convenio suscrito por tercero.

En general quedarán comprendidas dentro del objeto social la realización de todas las operaciones y la ejecución y preparación de todos los actos que tiendan a la confección de cualesquiera artículos o prendas de vestir sin distinción.

9) La compraventa de acciones y participaciones de otras entidades por cuenta propia, todo ello con exclusión de aquellas actividades reguladas en la Ley del Mercado de Valores y en la de Instituciones de Inversión colectiva, para cuya ejecución se exijan requisitos que no cumple esta sociedad.

Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas por la sociedad total o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o de participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo siempre y en todo caso con exclusión del arrendamiento financiero o leasing."

"Artículo 3º.- DOMICILIO.- Su domicilio social se fija en Valencia, Plaza del Ayuntamiento, número 21-planta 4.ª Es competencia del órgano de administración crear, suprimir y trasladar sucursales y oficinas delegaciones dentro y fuera de España."

Valencia, 26 de noviembre de 2009.- Consejero Delegado de la entidad absorbente EDIFICIO ÉPOCA, S.A. (antes ENSANCHE 19, S.A.), Joaquín-Salvador Sáez Merino Martínez.

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