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Según lo dispuesto en el artículo 87.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LMESM"), se anuncia que en fecha 24 de noviembre de 2009, el socio único de la sociedad "Electrónica de Balastos, S.L.U." (Sociedad Cedente) decidió la cesión global del activo y del pasivo que integra su patrimonio a favor de la sociedad "Especialidades Luminotécnicas, S.A.U." (Sociedad Cesionaria), todo ello según los términos del Proyecto de Cesión Global de Activo y Pasivo suscrito por el órgano de administración de la Sociedad Cedente en fecha 23 de noviembre de 2009.
A este respecto, según lo establecido en los artículos 87.2 y 88 de la LMESM, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste al socio único de la Sociedad Cedente así como a los acreedores de la Sociedad Cedente y de la Sociedad Cesionaria a obtener el texto íntegro de la decisión de la cesión, así como el derecho que asiste a los citados acreedores a oponerse a la referida operación durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la decisión de cesión.
Zaragoza, 26 de noviembre de 2009.- D. Eduardo Gracia Gil, Secretario del Consejo de Administración de la sociedad Electrónica de Balastos, S.L.U.
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