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Documento BORME-C-2009-3540

EMERGENCIAS ASISTENCIALES, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
CLÍNICA EUGENIA ASIAN Y ASOCIADOS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 44, páginas 3723 a 3723 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-3540

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

Se anuncia, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, que la Junta General de Socios de Emergencias Asistenciales, Sociedad Limitada, celebrada con carácter Universal el 24 de febrero de 2009, acordó por unanimidad aprobar la escisión parcial de la Compañía mediante la segregación de una unidad económica constituida por el patrimonio afecto a la actividad de prestación de servicios relacionados con la odontología y la estomatología y su traspaso en bloque a favor de la sociedad preexistente Clínica Eugenia Asián y Asociados, Sociedad Limitada. Esta sociedad se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, reduciéndose el capital de la sociedad escindida en la cuantía de 1.202,40 € y las reservas en 93.091,74 €.

Asimismo, la Junta General de Socios de Clínica Eugenia Asián y Asociados, Sociedad Limitada, celebrada con carácter Universal en la misma fecha, acordó por unanimidad participar en la escisión parcial de Emergencias Asistenciales, Sociedad Limitada, ampliando al efecto su capital social en la cuantía de 94.290 €, en función del patrimonio neto que recibe en la escisión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión, conforme al artículo 243.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión.

Asimismo, los socios, titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales, y representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sevilla, 24 de febrero de 2009.- Don Francisco Jesús Fernández Henares, Administrador Único de Emergencias Asistenciales, Sociedad Limitada y Doña Eugenia Asián Gonzaléz, Administradora Única Clínica Eugenia Asián y Asociados, Sociedad Limitada.

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