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Documento BORME-C-2009-5229

MÁS MÓVIL TELECOM 3.0, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 56, páginas 5486 a 5487 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-5229

TEXTO

Emisión de obligaciones convertibles.

La Junta General de accionistas de "Más Móvil Telecom 3.0, Sociedad Anónima" celebrada con fecha 5 de marzo de 2009 ha adoptado un acuerdo de emisión de obligaciones convertibles en acciones ordinarias de clase A.

"Más Móvil Telecom 3.0, Sociedad Anónima", domiciliada en San Sebastián de los Reyes (Madrid), calle Fuerteventura, 4, Oficina 1.3, con NIF A84633643; cuenta con un capital social de 95.060 euros, representado por 9.506 acciones nominativas, Clase A (ordinarias) las números 1 a la 4.532, y la Clase B (preferentes), las números 4.533 a la 9.506, de 10 euros de valor nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas.

Su objeto social es la prestación servicios de telecomunicaciones y desarrollo de aplicaciones informáticas, así como la adquisición y administración de participación en otras empresas.

Importe nominal de la emisión: 2.000 euros, mediante la emisión de 200 obligaciones convertibles por importe de 10 euros cada una, perteneciente a una única clase y serie. Las obligaciones serán nominativas.Se prevé la posibilidad de suscripción incompleta.

Denominación de la emisión: Emisión de obligaciones convertibles "Más Móvil Telecom 3.0, Sociedad Anónima"

Los accionistas tendrán derecho de suscripción preferente. El periodo de suscripción será de un mes a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del anuncio de emisión de obligaciones convertibles.

Tipo de interés: Las obligaciones no devengarán intereses

Periodo de conversión: los Obligacionistas podrán solicitar en cualquier momento la conversión, con anterioridad al plazo de vencimiento.

Procedimiento de conversión: los Obligacionistas que deseen ejercer su derecho de conversión deberán dirigirse por escrito al Consejo de Administración de la emisora y solicitar con carácter irrevocable dicha conversión. La emisión de las acciones necesarias para atender los derechos de conversión de Obligaciones se realizará en los plazos previstos en el artículo 294º de la Ley de Sociedades Anónimas.

Precio de la conversión: 10 euros por obligación.

Relación de conversión: 1 acción por cada obligación.

Amortización ordinaria: aquellas Obligaciones no convertidas en acciones serán amortizadas al año desde su fecha de emisión.

No se establecen garantías especiales para la emisión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 283º y siguientes del Ley de Sociedades Anónimas, se acuerda la constitución de un Sindicato de Obligacionistas, nombrándose como Comisario Provisional a Don Alberto Castañeda González, hasta que se celebre la primera asamblea del Sindicato.

El Reglamento de funcionamiento del Sindicato de Obligacionistas se encuentra disponible en la sede de la emisora.

En Madrid a, 6 de marzo de 2009.- El Presidente del Consejo de Administración, don Eduardo Díez-Hochleitner Rodríguez.

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