Reducción/Ampliación de capital.
En cumplimiento del artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 27 del junio de 2008 acordó reducir el capital social de la mercantil "GUVAC LECHE, Sociedad Anónima", desde los OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y UN EUROS CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (84.141,69 Euros),a la cantidad de CERO EUROS (0 Euros), y ello con la finalidad de establecer el equilibrio entre aquel y el patrimonio de la sociedad disminuido como consecuencia de pérdidas (en cumplimiento del artículo 163-1-párrafo 2 de la Ley de Sociedades Anónimas). Dicha reducción se efectúa mediante la disminución del valor nominal de todas las participaciones que lo integran en 6,010120 euros por participación que pasan a tener un valor nominal de 0 euros cada una de ellas, con la finalidad de compensar las pérdidas acumuladas puestas de manifiesto por el Balance y Cuentas (al 31 de diciembre de 2007) aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 27 de junio de 2008, y ampliar, simultáneamente en la suma de CIENTO SESENTA Y UNA MIL DOSCIENTOS OCHENTA EUROS (161.280,00 Euros) el capital social, mediante la emisión de 26.880 nuevas acciones, numeradas correlativamente del 1 al 26.880, ambos inclusive, por valor nominal de (6) seis euros cada una, respetando en todo caso el derecho de suscripción preferente de los accionistas (a razón de 192 acciones nuevas por cada 100 antiguas), la suscripción y el desembolso de las participaciones, que será en efectivo ante la Administración de la Sociedad, se efectuará en el plazo de 2 meses, contados a partir de la fecha de publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Si el aumento de capital no se suscribe e ingresa íntegramente dentro del plazo fijado, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones habidas y desembolsadas.
En consecuencia de lo anterior y si es suscrita y desembolsada íntegramente, se debe dar nueva redacción al artículo 7 de los Estatutos sociales, que en adelante quedará redactado como sigue:
“Articulo 7.º- El capital social será de CIENTO SESENTA Y UNA MIL DOSCIENTOS OCHENTA EUROS (161.280-Euros). Está representado por 26.880 acciones nominativas de seis euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 26.880, ambas inclusive, de iguales derechos políticos y económicos, las cuales están totalmente suscritas y desembolsadas.”
Si no fuera suscrito y desembolsado íntegramente este aumento, la correspondiente modificación estatutaria se haría únicamente por el total que alcancen las acciones suscritas y desembolsadas.
Karrantza-Bizkaia, 30 de marzo de 2009.- El Secretario D. Jesús M.ª Hernaiz González. V.ºB.º El Presidente. D. Bernardo González Portillo.
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