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Documento BORME-C-2009-7816

JUYMA INVERSIONES, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 8253 a 8253 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2009-7816

TEXTO

María del Carmen Oria Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 bis de Madrid. Juicio Jurisdiccíon voluntaria 414/08. Convocatoria de Junta General. Parte Demandante: María de los Ángeles García Miñarro, Francisco Javier García Miñarro. Parte Demandada: Juyma Inversiones, S.L.

Que en el procedimiento de jurisdicción voluntaria 414/08 seguidos a instancia de Maria de los Ángeles García Miñarro y Francisco-Javier García Miñarro se ha dictado auto cuya parte dispositiva es la siguiente: Se decide: Convocar judicialmente la Junta General de la sociedad Juyma Inversiones, S.L., que se celebrará en el despacho profesional de la notario D.ª María Jesús Guardo Santamaría sito en la calle General Perón, 26, 5.º de Madrid señalándose para su celebración el día 07 de Mayo de 2009 a las 16:30 horas, bajo la presidencia de Dª. María de los Ángeles García Miñarro, asistiendo como Secretario D. Francisco-Javier García Miñarro con las formalidades previstas en la LSRL, con el siguiente:

Orden del día

Primero.- Elección y nombramiento del órgano de administración de la compañía.

Llévese a cabo la convocatoria de la Junta por medio de anuncio publicado en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación de Madrid, con al menos quince días antes de la fecha fijada para su celebración, debiendo constar en el anuncio además de los datos de la sociedad, la fecha, hora, lugar de celebración de la junta y el orden del día. Requiérase a la solicitante para que provea lo necesario para la asistencia de Notario. Los gastos de honorarios notariales serán de cargo de la sociedad. Requiérase al Presidente de la Junta designado, para que una vez celebrada, remita acta de la Junta General a este Juzgado, para su unión a las presentas actuaciones, y una vez aportada, archívese este expediente. Inclúyase el presente auto en el Libro de sentencias. Notifíquese esta resolución al solicitante y a los demás intervinientes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, artículo 45.5 de la L.S.R.L. Y para que sirva de notificación expido el presente.

Madrid, 9 de marzo de 2009.- La Secretario Judicial.

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