Se hace público que las Juntas generales y universales de participes de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 2 deabril de 2009, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Carubago, Sociedad Limitada, de Altekasa, Promociones Inmobiliarias, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar el derecho que asiste a los participes y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 2 de abril de 2009.- El Administrador Único de ambas sociedades, don Carlos Ubago González de Echávarri.
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