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Documento BORME-C-2010-10786

MESENA SERVICIOS DE GESTIÓN INMOBILIARIA,
SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROGRAMA HOGAR MONTIGALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
INTURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
EFEARVI, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 80, páginas 11441 a 11441 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-10786

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general ordinaria y universal de accionistas de la sociedad Mesena Servicios de Gestión Inmobiliaria, Sociedad Anónima celebrada en Madrid el día 27 de abril de 2010, ha aprobado la fusión por absorción de Programa Hogar Montigala, Sociedad Anónima Unipersonal, Intursa, Sociedad Anónima Unipersonal y Efearvi, Sociedad Anónima Unipersonal por parte de Mesena Servicios de Gestión Inmobiliaria, Sociedad Anónima, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de Programa Hogar Montigala, Sociedad Anónima Unipersonal, Intursa, Sociedad Anónima Unipersonal y Efearvi, Sociedad Anónima Unipersonal a favor de Mesena Servicios de Gestión Inmobiliaria, Sociedad Anónima, socio único de las tres sociedades absorbidas, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas con carácter general y sin reserva ni limitación alguna. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que no es necesario que la Junta general de las sociedades absorbidas aprueben la fusión, al estar íntegramente participadas por la sociedad absorbente. La fusión se ha acordado en los términos y condiciones del proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes con fecha 12 de abril de 2010, y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 21 de abril de 2010, tomando como Balances de fusión los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2009. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello en los términos de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. La fusión a la que se refiere este anuncio se acogerá al régimen tributario especial regulado en el Capitulo VIII, del Titulo VII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades.

Madrid, 27 de abril de 2010.- Adolfo Díaz-Ambrona Moreno Secretario del Consejo de Administración de Mesena Servicios de Gestión Inmobiliaria, S.A. – Federico José Marco Ibáñez, Administrador Solidario de Programa Hogar Montigala, S.A.U., Administrador Solidario de Efearvi, S.A.U. y Administrador único de Intursa, S.A.U.

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