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La ilustrísima señora doña Nuria Auxiliadora Orellana Cano, Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, en Auto de fecha 24 de marzo de 2010, dictado en el expediente de jurisdicción voluntaria número 791/2009, promovido por la Procuradora doña Ana María Alonso Barthe, en nombre y representación de Jaralu, Sociedad Anónima, instando la convocatoria judicial de junta de accionistas, ha acordado convocar Junta General de accionistas de la Compañía Mercantil Exguibam 2007, Sociedad Anónima, señalándose para su celebración en primera convocatoria el día 15 de junio de 2010 a las 11,00 horas, y en segunda convocatoria, si fuera preciso, el día 16 de junio de 2010 a las 11,00 horas; la cual tendrá lugar en el hotel Palacio Garvey sito en la calle Tomería de Jerez de la Frontera (Cádiz), con las formalidades previstas en el artículo 97 del texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y bajo la presidencia de don Luis Javier Díaz-Orellana, designado a tal fin por este Juzgado, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Censura la gestión social durante el ejercicio 2008.
Segundo.- Análisis y aprobación, en su caso, de las cuentas del ejercicio 2008.
Tercero.- Aplicación del resultado del ejercicio 2008.
Cuarto.- Determinación de la forma del órgano de administración y reforma de los artículos 19 a 23 de los estatutos sociales, en su caso.
Quinto.- En caso de mantenerse como órgano de administración el Consejo de Administración determinación del número de Consejeros que lo compondrán.
Sexto.- Nombramiento de Administradores.
Séptimo.- Disolución de la sociedad, apertura del período de liquidación y nombramiento del liquidador o liquidadores.
Octavo.- Designación de la persona o personas que elevarán a público los acuerdos de la junta de accionistas y promoverán su inscripción en el Registro Mercantil provincial.
Noveno.- Aprobación del acta de la Junta de Accionistas.
Se hace constar el derecho que asiste a cualquier accionista de obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma y, en su caso, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas (artículo 212.2 Ley de Sociedades Anónimas).
Cádiz, 23 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial, doña Covadonga Herrero Udaondo.
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