De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio Único de "La Vanguardia Ediciones, S.L." Sociedad Unipersonal y de "Publipress Media, S.L." Sociedad Unipersonal, ejerciendo las funciones de Junta General de ambas Sociedades al amparo de lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, adoptó las correspondientes Decisiones de Socio Único con fecha 30 de diciembre de 2009 a las 19:00 horas en "La Vanguardia Ediciones, S.L." y a las 19:45 horas en "Publipress Media, S.L.", de escindir parcialmente "La Vanguardia Ediciones, S.L." Sociedad Unipersonal, mediante la segregación de parte de su patrimonio constitutivo de una unidad económica para su traspaso en bloque sin disolución ni liquidación en favor de la Sociedad Beneficiaria, "Publipress Media, S.L." Sociedad Unipersonal, con la consecuente reducción del capital social de la Sociedad Parcialmente Escindida en el importe de 6.010€ y modificación del artículo correspondiente de sus Estatutos Sociales, quedando por tanto la Sociedad Beneficiaria subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del patrimonio recibido, todo ello en los términos del proyecto común de escisión parcial de fecha 3 de diciembre de 2009, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona y que fue expresamente aprobado por el Socio Único de la Sociedad Parcialmente Escindida a los efectos legales oportunos.
Asimismo, el Socio único de la Sociedad Beneficiaria, ejerciendo las funciones de Junta General, el mismo día 30 de diciembre de 2009 a las 19:45 horas acordó la recepción y adquisición de la referida unidad económica segregada y el aumento de su capital social en el importe necesario, esto es, 7.212 €, con la consiguiente modificación de sus Estatutos Sociales, de conformidad con lo establecido en el proyecto común de escisión parcial. La operación de escisión parcial de referencia se aprobó sobre la base de los respectivos balances cerrados a 31 de octubre de 2009, como balances de escisión. El Socio Único de la Sociedad Beneficiaria aprobó de forma expresa el proyecto común de escisión parcial de fecha 3 de diciembre de 2009 a los efectos legales oportunos.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste al Socio Único de ambas sociedades intervinientes y acreedores de "La Vanguardia Ediciones, S.L." Sociedad Unipersonal y de "Publipress Media, S.L." Sociedad Unipersonal, de obtener el texto íntegro de las Decisiones de Escisión Parcial adoptadas y de los Balances de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales de ambas Sociedades.
Asimismo, se informa a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la operación de de su derecho a oponerse a la escisión parcial en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los correspondientes acuerdos aprobando la escisión parcial.
Barcelona, 30 de diciembre de 2009.- Don Carlos Godó Valls, representante persona física de Grupo Godó de Comunicación, S.A., Administrador único de "La Vanguardia Ediciones, S.L." Sociedad Unipersonal y de "Publipress Media, S.L." Sociedad Unipersonal.
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