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De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las citadas sociedades, celebradas con carácter Universal, el día 14 de mayo de 2010, aprobaron, por unanimidad, la segregación de la sociedad Reverter 17, S.L., que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social constituida por una unidad económica a la sociedad Crevari Inversiones, S.L., Sociedad Unipersonal, quien adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma, recibiendo a cambio la Sociedad Segregada un número de participaciones de la Sociedad Beneficiaria equivalentes al valor de la unidad económica objeto de traspaso, en los términos y condiciones del proyecto de Segregación suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de Segregación, así como el de oposición en los términos y plazos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.
Madrid, 14 de mayo de 2010.- Los Administradores Solidarios de Crevari Inversiones, S.L., Sociedad Unipersonal.-Los Administradores Solidarios de Reverter 17, S.L.
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