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Documento BORME-C-2010-15380

VIPROGA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 16319 a 16319 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2010-15380

TEXTO

El Consejo de Administración de Viproga, S.A. ha acordado, en su sesión del día 6 de mayo de 2010, convocar Junta General Ordinaria, que se celebrará, en primera convocatoria, el día 22 de junio de 2010, martes a las diez horas, en la Notaría José Antonio Cortizo Nieto, calle Senra, 13 – primero, 15702 Santiago de Compostela, o para el caso de no alcanzarse el quórum legalmente necesarios, en segunda convocatoria, el día 23 de junio de 2010, miércoles, a las diez horas, en el mismo lugar con el fin de deliberar y adoptar acuerdos sobre los asuntos comprendidos en la siguiente:

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Resultados e Informe de Gestión) todo ello referido al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2009.

Segundo.- Modificación del Artículo 2 de los Estatutos Sociales, dándole al mismo la siguiente redacción: a) Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. b) Protección de personas determinadas, previa la autorización correspondiente. c) Depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen, o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial, sin perjuicio de las actividades propias de las entidades financieras. d) Transporte y distribución de los objetos a que se refiere el apartado anterior a través de los distintos medios, realizándolos, en su caso, mediante vehículos cuyas características serán determinadas por el Ministerio del Interior, de forma que no puedan confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. e) Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. f) Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas Fuerzas y Cuerpos. g) Planificación y asesoramiento de las actividades de seguridad contempladas en esta Ley.

Tercero.- Delegación de facultades para la ejecución de los acuerdos adoptados.

En cumplimiento del Artículo 144.1.c de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar, en el domicilio social, el texto integro de la modificación propuesta y del informe sobre la misma y de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.

Santiago de Compostela a, 6 de mayo de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración, Daniel Rego González.

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