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Documento BORME-C-2010-19140

INDUSTRIAS FRIGORÍFICAS DEL LOURO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 20421 a 20421 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2010-19140

TEXTO

Reducción y aumento de capital social.

Reducción.- Se pone en público conocimiento que la Junta General de Accionistas de la sociedad "Industrias Frigoríficas del Louro, Sociedad Anónima", celebrada el 16 de abril de 2010, acordó una reducción del capital social de 4.531,02 euros, con la finalidad de redondear el valor nominal de las acciones a cifra de euros más próxima, que se instrumentará a través de una reducción del valor nominal de las acciones de la Sociedad, mediante la devolución de las aportaciones a los accionistas. Como consecuencia de la reducción, el capital social se fija en la cantidad de 9.139.273,15 euros, representado por 1.086.715 acciones de 8,41 euros de valor nominal cada una de ellas, modificándose el artículo 5 de los Estatutos Sociales.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 165 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, a partir de la publicación del último de los anuncios de reducción de capital, los acreedores de la compañía podrán ejercitar el derecho de oposición a la reducción acordada.

Aumento.- Se pone en conocimiento de todos los accionistas y se hace público que la Junta General de Accionistas de la sociedad "Industrias Frigoríficas del Louro, Sociedad Anónima", celebrada el 16 de abril de 2010, acordó aumentar el capital social por un importe total de 1.217.364,32 euros, más 977.076 euros de prima, emitiendo 144.752 nuevas acciones, numeradas de la 1.086.716 a la 1.231.467, ambas inclusive, que gozarán de los mismos derechos y obligaciones a partir del cierre de la emisión. Los accionistas de la sociedad gozan del derecho a suscribir un número de acciones proporcional a la participación en el capital social que posean. Podrán ejercitar este derecho en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del presente anuncio. En el momento de la suscripción se exigirá el desembolso en dinero y al 100 por 100 del valor nominal de cada una de las acciones y de la prima de emisión, mediante ingreso en la cuenta bancaria de la Sociedad en la entidad BBVA.

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera llegado a suscribir y desembolsar íntegramente el capital previsto en el acuerdo de aumento, el Órgano de Administración quedará expresamente facultado, tan ampliamente como en derecho fuere necesario, para ejecutar el acuerdo en los términos que resulten de la suscripción y desembolso efectivo y, a tal efecto, para fijar la cifra de capital social en los términos que resulten de dicha suscripción y desembolso y, en consecuencia, redactar en esos términos el artículo 5 de los Estatutos Sociales, así como otorgar cuantos documentos públicos y privados fuesen necesarios.

En O Porriño (Pontevedra) a, 19 de mayo de 2010.- El Consejero Delegado, don Francisco Javier Briones Reus.

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