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Documento BORME-C-2010-21002

QUETZAL MARIGIL, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INVERSIONES FABASA 2010, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 22376 a 22376 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-21002

TEXTO

De conformidad con el artículo 73 de la Ley 3/2009 se hace público que la Junta General Universal de "Quetzal Marigil, S.A.", celebrada el 9 de junio de 2010 con carácter universal, acordó por unanimidad la escisión parcial de "Quetzal Marigil, S.A.", siendo la beneficiaria de la operación la entidad de nueva creación "Inversiones Fabasa 2010, S.L." todo ello conforme al proyecto de escisión parcial de rama de actividad suscrito por el Administrador Único de la sociedad escindida y depositado en el Registro Mercantil de Madrid y en consecuencia la sociedad beneficiaria se subroga en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida sobre el patrimonio transmitido.

La escisión tendrá efectos desde el día de otorgamiento de la escritura de escisión ante Notario, fecha a partir de la cual se considerarán realizadas las operaciones de la sociedad escindida, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria de la escisión. La escisión se acordó sin conceder ventajas especiales a los miembros del Órgano de Administración de las sociedades intervinientes y el patrimonio traspasado a la beneficiaria se realiza conforme a lo expuesto en el proyecto de escisión.

La escisión se acordó con la aprobación del balance de escisión cerrado a 31de mayo de 2010, con la reducción de capital social y reservas que se establecía en el proyecto de escisión.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las Sociedades afectadas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión y que asimismo a los acreedores de cada una de las sociedades les asiste el derecho de oposición a la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 9 de junio de 2010.- El Administrador Único de la escindida, don José Francisco Baena Domínguez.

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