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Documento BORME-C-2010-2234

GLOBAL CONSULTING ENERGÍAS RENOVABLES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GEHC ENERGÍAS RENOVABLES, S,L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 23, páginas 2332 a 2332 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-2234

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Universales de Socios de las sociedades, Global Consulting Energías Renovables, S.L. (Sociedad Absorbente) y socio único de Gehc Energias Renovables, S.L.U. (Sociedad Absorbida), con fecha 4 de diciembre de 2009 aprobaron la fusión por absorción entre dichas sociedades en virtud de la cual Global Consulting Energías Renovables, S.L., absorbe Gehc Energías Renovables, S.L.U. con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente, por ser esta titular del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid. La fusión fue aprobada de acuerdo con (i) las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión, redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las Sociedades participantes, el cual fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 10 de noviembre de 2009, y (ii), los Balances de Fusión de dichas sociedades cerrados el 1 de agosto de 2009, debidamente aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados así como de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

En Madrid, 18 de enero de 2010.- Los Administradores Solidarios de las Sociedades absorbente y absorbida, don Ignacio Barco Fernández y don Pablo Usandizaga Usandizaga.

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