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Documento BORME-C-2010-2285

CLUB DEPORTIVO TENERIFE, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 23, páginas 2383 a 2383 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-2285

TEXTO

En Junta General Ordinaria del Club Deportivo Tenerife, S.A.D., celebrada en Santa Cruz de Tenerife el día 16 de diciembre de 2009, en el Salón de Actos de CajaCanarias, Plaza el Patriotismo, n.º 1, se aprobó aumentar el capital de la Sociedad en veintitrés millones seiscientos treinta y tres mil trescientos sesenta y tres con cuarenta céntimos (23.633.363,40 €), por la emisión y puesta en circulación de 393.234 nuevas acciones nominativas de sesenta euros con diez céntimos (60,10 €) de valor nominal cada una, con lo que el capital social después del aumento tendrá una cuantía de treinta millones setecientos cuatro mil trescientos ocho con setenta céntimos (30.704.308,70 €), con el mismo contenido de derechos que las anteriores, reconociendo a los actuales accionistas el derecho de suscripción preferente, en la proporción de tres (3) acciones nuevas por cada una (1) de las antiguas. El desembolso del importe correspondiente a la totalidad del capital suscrito por cada uno de los accionistas deberá realizarse por aportación dineraria mediante ingreso de la cuantía que en cada caso corresponda en las oficinas del Club Deportivo Tenerife, S.A.D. o en las de CajaCanarias.

Del mismo modo, y de conformidad con lo anterior, la Junta acordó que el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones emitidas pudiera ser ejercido por los accionistas de la Sociedad desde el día 25 de enero de 2010 hasta el 28 de febrero de 2010.

Además, la citada Junta acordó que en el caso de que el aumento de capital no se suscriba íntegramente dentro del plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, las acciones restantes podrán ser suscritas por los accionistas y no accionistas, con el límite máximo de suscripción legalmente establecido, desde el día 1 de marzo hasta el 1 de diciembre de 2010. Transcurrido este plazo, si quedaran acciones pendientes de suscribir, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas, conforme a lo previsto en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Santa Cruz de Tenerife, 26 de enero de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración, Conrado González Bacallao.

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