Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2010-2292

MÁS MÓVIL TELECOM 3.0, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 23, páginas 2390 a 2391 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2010-2292

TEXTO

Emisión de obligaciones convertibles.

La Junta General de accionistas de "Más Móvil Telecom 3.0, S.A.", celebrada con fecha 10 de agosto de 2009 ha adoptado un acuerdo de emisión de obligaciones convertibles en acciones ordinarias de clase A.

"Más Móvil Telecom 3.0, S.A.", domiciliada en San Sebastián de los Reyes (Madrid), calle Fuerteventura 4, Oficina 1.3, con CIF A84633643; cuenta con un capital social de 141.430 euros, representado por 14.143 acciones nominativas, Clase A (ordinarias) las números 1 a la 4.532; 11.862 a la 12.148; y 14.042 a la 14.143, y la Clase B (preferentes), las números 4.533 a la 11.861 y 12.149 a la 14.041, de 10 euros de valor nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas.

Su objeto social es la prestación de servicios de telecomunicaciones y desarrollo de aplicaciones informáticas, así como la adquisición y administración de participación en otras empresas.

Importe nominal de la emisión: 1.200 euros, mediante la emisión de 120 obligaciones convertibles por importe de 10 euros cada una, perteneciente a una única clase y serie. Las obligaciones serán nominativas. Se prevé la posibilidad de suscripción incompleta.

Denominación de la emisión: Segunda emisión de obligaciones convertibles "Más Móvil Telecom 3.0, S.A.".

Los accionistas tendrán derecho de suscripción preferente. El periodo de suscripción será de un mes a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del anuncio de emisión de obligaciones convertibles.

Tipo de interés: Las obligaciones no devengarán intereses.

Periodo de conversión: Los Obligacionistas podrán solicitar en cualquier momento la conversión, con anterioridad al plazo de vencimiento.

Procedimiento de conversión: Los Obligacionistas que deseen ejercer su derecho de conversión deberán dirigirse por escrito al Consejo de Administración de la emisora y solicitar con carácter irrevocable dicha conversión. La emisión de las acciones necesarias para atender los derechos de conversión de Obligaciones se realizará en los plazos previstos en el artículo 294 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Precio de la conversión: 10 euros por obligación.

Relación de conversión: 1 acción por cada obligación.

Amortización ordinaria: aquellas Obligaciones no convertidas en acciones serán amortizadas al año desde su fecha de emisión.

No se establecen garantías especiales para la emisión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 283 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que el Comisario del Sindicato de Obligacionistas es Don Alberto Castañeda González.

El Reglamento de funcionamiento del Sindicato de Obligacionistas se encuentra disponible en la sede de la emisora.

Madrid, 29 de enero de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración, Don Meinrad Spenger.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid