De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242.º de la Ley de Sociedades Anónimas y la disposición transitoria de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, las entidades "Sofic Inmobiliaria, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad absorbente), titular del CIF A07105554 y domiciliada en Ibiza, Islas Baleares, calle Antoni Jaume, número 2, 1.º, 1.ª, y la entidad "Cala Carbó, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad absorbida), domiciliada en Barcelona, calle de Pau Clarís, número 108 y titular del CIF A08214181, han tomado en sus respectivas Juntas de Accionistas, celebradas ambas con el carácter de universal el día 29 de agosto de 2008, el acuerdo de fusión de ambas sociedades mediante la absorción de "Cala Carbó, Sociedad Anónima Unipersonal" por "Sofic Inmobiliaria, Sociedad Anónima Unipersonal", lo que provocó la disolución sin liquidación de la entidad "Cala Carbó, Sociedad Anónima Unipersonal" y la transmisión en bloque de su patrimonio social a "Sofic Inmobiliaria, Sociedad Anónima Unipersonal", que adquiere por sucesión universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición a la fusión en los términos previstos en el artículo 166.º de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes a contar desde la última publicación de este anuncio en el BORME.
Eivissa, 9 de julio de 2010.- El Administrador de "Sofic Inmobiliaria, S.A.U." y Consejero Delegado de "Cala Carbó, S.A.U.", Sandro Secci.
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