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En la Junta general universal de socios celebrada el día 19 de junio de 2010, se adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
Por haber desaparecido la causa de disolución, no siendo el patrimonio contable inferior al capital social, y no habiéndose comenzado el pago de la cuota de liquidación a los socios, de conformidad con el artículo 106 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 del Reglamento de Registro Mercantil, se reactiva la sociedad Freddissimo, Sociedad Limitada.
Barcelona, 20 de junio de 2010.- El Liquidador único, Francesc Piera Badía.
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