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Documento BORME-C-2010-2485

ANLUGA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
APARTAMENTOS CALA MILLOR PARK, SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 26, páginas 2598 a 2598 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-2485

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de las sociedades Anluga, S.A. y Apartamentos Cala Millor Park, S.A. Sociedad Unipersonal, celebradas el día 29 de enero de 2010 han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción de Apartamentos Cala Millor Park, S.A. Sociedad Unipersonal (sociedad absorbida) por parte de Anluga, S.A. (sociedad absorbente) con disolución sin liquidación y consecuente extinción de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida, en los términos del proyecto común de fusión de fecha 19 de enero de 2010 suscrito por las dos sociedades intervinientes, depositado en el Registro Mercantil de Palma de Mallorca.

Se hace constar, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Sant Llorenç des Cardassar (Illes Balears), 29 de enero de 2010.- Administrador único de Anluga, S.A. y de Apartamentos Cala Millor Park, S.A. Sociedad Unipersonal.- Don Juan Llull Juan.

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