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Documento BORME-C-2010-25018

COEBRO, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
OBRAS Y CONSTRUCCIONES LA PASTORA, S.L. UNIPERSONAL
O.Y.C. JUCARS 2000, S.L.
OBRAS Y CONSTRUCCIONES MATARRAÑA, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 26549 a 26549 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-25018

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de "O.Y.C. Jucars 2000, Sociedad Limitada" y el socio único de las sociedades unipersonales "Coebro, Sociedad Limitada" y "Obras y Construcciones la Pastora, Sociedad Limitada", así como el de "Obras y Construcciones Matarraña, Sociedad Limitada", en sus reuniones, celebradas a título universal el día 9 de julio de 2010 han aprobado los balances de fusión y el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza, y ajustándose a él, han acordado la fusión por absorción de las compañías mercantiles "Obras y Construcciones la Pastora, Sociedad Limitada Unipersonal", "O.Y.C. Jucars 2000, Sociedad Limitada" y "Obras y Construcciones Matarraña, Sociedad Limitada Unipersonal" como absorbidas por la compañía mercantil "Coebro, Sociedad Limitada Unipersonal" como absorbente.

En ejecución de dicho acuerdo, "Coebro, Sociedad Limitada Unipersonal" adquirirá en bloque el patrimonio de las citadas sociedades absorbidas, de acuerdo con los Balances de fusión de dichas sociedades, cerrados el 31 de Diciembre de 2009, cuyos activos y pasivos pasarán globalmente a la sociedad absorbente, quedando ésta subrogada a título universal en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas sin limitación de ninguna clase. Las sociedades absorbidas quedarán extinguidas por disolución sin liquidación una vez sean elevados a públicos e inscritos en el Registro Mercantil los presentes acuerdos.

De acuerdo con el citado artículo 43 LME, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los Balances de fusión.

Asimismo se hace constar que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Zaragoza, 14 de julio de 2010.- El Administrador Único de todas las sociedades implicadas en el proceso de fusión, don Santiago Marina Clerencia.

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