Contido non dispoñible en galego
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las respectivas Juntas Generales Universales de las compañías "Inversiones Giromar, S.L.", "Maguiro, S.L." y "Mopalca, S.L.", celebradas todas ellas el día 30 de junio de 2010, acordaron la fusión de las mismas mediante la absorción de "Maguiro, S.L." y "Mopalca, S.L." por parte de la sociedad absorbente Inversiones Giromar, S.L., con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título de sucesión universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión aprobados, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 30 de junio de 2010.- D. Fernando Álvarez Shelly, Consejero Delegado de Inversiones Giromar, S.L., y doña Mónica Palazón Casanueva, Administradora Única de Maguiro, S.L. y Mopalca, S.L.
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