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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se comunica que, con fecha 30 de Junio de 2010, la Junta General de las sociedades Lorafruitzumos, S.L. (sociedad unipersonal) y Agrícola Naranjera, S.L., han acordado la Fusión de ambas sociedades, mediante la Absorción de la primera por la segunda, que es su único socio. Con ello se produce la disolución sin liquidación de la primera, así como su extinción, con transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere a título universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de fusión.
Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, o, en su caso, del envío de la comunicación al último de ellos, en virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley citada.
En Sevilla, 1 de julio de 2010.- El Administrador único de ambas sociedades, Carlos Bordas Marrodán.
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