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Se hace público que el 1 de julio de 2010 la Junta de accionistas de Proclinic, Sociedad Anónima, ha acordado aprobar la fusión por absorción de Pere Estrada, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, con entera adquisición en bloque de su patrimonio, por parte de Proclinic, Sociedad Anónima, único accionista; quedando extinguida la sociedad absorbida Pere Estrada, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, con la consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones, a favor de la absorbente Proclinic, Sociedad Anónima.
No se ampliará el capital social de la sociedad absorbente, por ser la sociedad absorbente titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Órgano de Administración de cada una de las sociedades intervinentes y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 2 de julio de 2010.- El Puente 16, Sociedad Limitada, representada por don Julián Raneda Cuartero, Administradora solidaria de Proclinic, Sociedad Anónima, y Administradora única de Pere Estrada, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal.
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