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Documento BORME-C-2010-26274

DIÁLISIS SANTANDER, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NASLAID, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 27848 a 27848 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-26274

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General de la sociedad Diálisis Santander, S.L.U. (Sociedad Absorbente) celebrada el 22 de julio de 2010, con carácter de universal, tras aprobar el Proyecto de Fusión común redactado por los órganos de administración de la Sociedad Absorbente y Naslaid, S.A.U. (Sociedad Absorbida), acordó la fusión de estas sociedades mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente con la extinción de aquélla y el consiguiente traspaso a ésta, en bloque y por sucesión universal, de la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la Sociedad Absorbida, en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión por absorción depositado en el Registro Mercantil de Santander, conforme al procedimiento de fusión regulado por el Capítulo I Título II de la citada Ley y especialmente por sus artículos 49 a 52 que regulan el carácter especial de esta fusión al ser la Sociedad Absorbida titular del 100% de las participaciones de la Sociedad Absorbente, sin que se produzca variación alguna en la cifra de capital social de ésta, aunque si se atribuyen, como consecuencia de la fusión, en contraprestación por la pérdida de su participación en la Sociedad Absorbida, a su socio único National Medical Care of Spain, S.A.U., la titularidad en propiedad de la totalidad de las 500 participaciones que integran el capital social de la Sociedad Absorbente y que constituían parte del patrimonio de la Sociedad Absorbida. A efectos contables, el 1 de enero de 2010 es la fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la Sociedad Absorbente. Los Balances de Fusión respectivos son los correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2009 aprobados por las respectivas Juntas Generales.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición a la fusión que corresponde a los acreedores y obligacionistas de estas sociedades conforme a los previsto en el citado artículo 44, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 23 de julio de 2010.- El Administrador Solidario de las sociedades intervinientes, don Pedro Costa Juher.

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