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Documento BORME-C-2010-26303

ORGANISMO DE CONTROL DE OBRAS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ORGANISMO DE CONTROL DE OBRAS, S.L.
Y VALTECNIC, S.A.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 27878 a 27878 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-26303

TEXTO

De conformidad con el artículo 73 de la Ley 3/2009 se hace público que las Juntas Generales Universales de "Organismo de Control de Obras, S.A." y "Valtecnic, S.A.", celebradas el 30 de junio de 2010 con carácter universal, acordaron por unanimidad la escisión total de "Organismo de Control de Obras, S.A.", siendo las beneficiarias de la operación la entidad ya existente "Valtecnic, S.A." y la entidad de nueva creación "Organismo de Control de Obras, S.L.", todo ello conforme al proyecto de escisión total suscrito por los órganos de administración de las entidades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid y en consecuencia las sociedades beneficiarias se subrogan en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida sobre el patrimonio transmitido.

La escisión tendrá efectos desde el día de otorgamiento de la escritura de escisión ante Notario, fecha a partir de la cual se considerarán realizadas las operaciones de la sociedad escindida, a efectos contables, por cuenta de las sociedades beneficiarias de la escisión. La escisión se acordó sin conceder ventajas especiales a los miembros del Órgano de Administración de las sociedades intervinientes y el patrimonio traspasado a las beneficiarias se realiza conforme a lo expuesto en el proyecto de escisión.

La escisión se acordó con la aprobación del balance de escisión cerrado a 28 de diciembre 2009, con la reducción de capital social y reservas que se establecía en el proyecto de escisión.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las Sociedades afectadas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión y que asimismo a los acreedores de cada una de las sociedades les asiste el derecho de oposición a la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 30 de junio de 2010.- El Consejo de Administración de la escindida, don Estanislao de la Quadra-Salcedo y Gayarre, don José Ramón Sánchez Rebollo, don Antolín Arquillo Aguilera, don Estanislao de la Quadra-Salcedo Capdevilla y doña María Begoña Huertas; el consejo de Administración de la beneficiaria ya existente "Valtecnic, S.A.", doña María Teresa Capdevilla Bermejo, Don Antolín Arquillo Aguilera, don Estanislao de la Cuadra-Salcedo y Gayarre, don Estanislao de Kostka de la Cuadra-Salcedo Capdevila.

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