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Documento BORME-C-2010-26492

CONSTRUCTORA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
OBRAS Y REFORMAS HERNASAN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 28070 a 28070 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-26492

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que en la Junta General Universal de socios de las entidades "Constructora Hernández González, Sociedad Limitada" y "Obras y Reformas Hernasan, Sociedad Limitada" de fecha 15 de marzo de 2010, celebradas en sus respectivos domicilios sociales, se aprobó la fusión de las mencionadas sociedades mediante la aportación total del patrimonio de "Obras y Reformas Hernasan, Sociedad Limitada", sociedad absorbida mediante la disolución sin liquidación de la misma, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente "Constructora Hernández González, Sociedad Limitada", que adquirirá por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la absorbida.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme a lo dispuesto para la fusión en el artículo 42 de la Ley 3/2009 y redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión.

Las Juntas Generales y Universales de los socios de las sociedades participantes en la fusión acordaron, igualmente por unanimidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 3/2009, considerar Balance de fusión, los Balances de Situación de cada sociedad participante cerrados a 31 de diciembre de 2009. La efectividad contable de los acuerdos de fusión se considerará producida a partir del día 1 de enero de 2010.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y personal de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en las Juntas Generales Universales, el Balance de fusión de las sociedades y el derecho de oposición a la fusión, en los términos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009, que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, durante el transcurso de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales.

Telde, 8 de junio de 2010.- El Administrador Único de Constructora Hernández González, S.L. y de Obras y Reformas Hernasan, S.L., Don Francisco Hernández González.

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