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Documento BORME-C-2010-26728

SAFE INTERENVÍOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 28319 a 28319 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-26728

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Safe Internenvios, Sociedad Anónima, en su reunión de 23 de Julio de 2010, acordó por unanimidad reducir el capital social en la cantidad de 912.755,55 euros, con el fin de restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio disminuido por pérdidas, reduciéndolo desde su actual importe de 1.912.782,32 euros a la cifra de 1.000.026,77 euros, mediante la amortización de acciones, proporcionalmente al valor nominal de las existentes.

De este modo, se amortizan 9.629 acciones de la serie 1, de 60.101210 euros de valor nominal cada una, y de 334.041 acciones de la serie 2, de un euro de valor nominal cada una. Las acciones de la serie 1 que se amortizan son las siguientes: números 5.001 a 6.193, ambas inclusive, 8.387 a 9.156, ambas inclusive y 10.001 a 17.666, ambas inclusive. Las acciones de la serie 2 que se amortizan son las acciones número 20.180 a 354.220, ambos inclusive.

Se deja constancia de que la reducción afecta por igual a todos los accionistas de la entidad.

Ha servido de base para la adopción del acuerdo de reducción de capital el balance cerrado a 31 de diciembre de 2009 y debidamente verificado por el Auditor de Cuentas de la Sociedad, que ha sido aprobado por la Junta General en el acuerdo primero anterior de la presente reunión.

Se acuerda delegar en el órgano de administración la facultad de renumerar las acciones, respetando la proporcionalidad de la participación de los accionistas en el capital social de la entidad, de manera que queden numeradas de forma correlativa.

Asimismo, tras la operación de renumeración, se faculta al órgano de administración para que modifique el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, respetando fielmente el contenido del presente acuerdo tercero, con la salvedad de la renumeración de las acciones.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 4 de agosto de 2010.- El Administrador Único, Gonzalo Valiente Calvo.

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