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En cumplimineto de lo dispuesto en los artículos 43 y 66 de la vigente Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modficaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 23 de julio de 2010, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por parte de "Expansión GSN, Sociedad Limitada" de "Agropecuaria Tobarra, Sociedad Limitada", con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la citada Ley, se informa que podrán oponerse a la fusión los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de fusión, no hayan vencido en ese momento y hasta tanto se les garanticen tales créditos. No gozarán de este derecho de oposición a la fusión los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.
Madrid, 2 de agosto de 2010.- Antonio García Pedreño y Andrés Sánchez García, Consejeros Delegados Mancomunados de "Expansión GSN, Sociedad Limitada" y "Agropecuaria Tobarra, Sociedad Limitada".
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