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Por acuerdo del Consejo de Administración de Cie Automotive, Sociedad Anónima. (la "Sociedad"), se convoca Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad a celebrar, a las 13:00 horas, el día 27 de octubre de 2010 en primera convocatoria y, en su caso, el día siguiente a la misma hora en segunda, en Bilbao (Bizkaia), Palacio Euskalduna Jauregia, Avenida Abandoibarra, número 4, al objeto de deliberar y decidir sobre el siguiente
Orden del día
Primero.- Fusión por absorción de Instituto Sectorial de Promoción y Gestión de Empresas, Sociedad Anónima por parte de Cie Automotive, Sociedad Anónima.: 1.1. Información, en su caso, sobre las modificaciones importantes del activo o el pasivo de las sociedades que participan en la fusión acaecidas entre la fecha del Proyecto Común de Fusión y la celebración de la Junta General que por la presente se convoca. 1.2. Aprobación, como balance de fusión, del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2009. 1.3. Para el supuesto en que deban emitirse nuevas acciones como consecuencia de la fusión, aumento del capital social en un importe de 18.454.251,25 euros, mediante la emisión de 73.817.005 acciones de veinticinco céntimos de euro (0,25 euros) de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, como consecuencia de la fusión y en función de la ecuación de canje aprobada. Solicitud de admisión a negociación de las nuevas acciones en las bolsas de Bilbao y Madrid. 1.4. Aprobación de la fusión por absorción de Instituto Sectorial de Promoción y Gestión de Empresas, Sociedad Anónima. por parte de Cie Automotive, Sociedad Anónima. 1.5. Acogimiento al régimen fiscal especial previsto en los artículos 90 y siguientes de la Norma Foral 3/1996, de 26 de junio, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Bizkaia.
Segundo.- Reorganización del Consejo de Administración como consecuencia de la fusión. 2.1.- Cese del actual Consejo de Administración. 2.2.- Fijación del número de miembros del Consejo de Administración. 2.3.- Nombramiento como consejero de D. Antonio María Pradera Jáuregui por el plazo estatutario de cinco años. 2.4.- Nombramiento como consejero de D. Francisco José Riberas Mera por el plazo estatutario de cinco años. 2.5.- Nombramiento como consejero de D. Juan María Riberas Mera por el plazo estatutario de cinco años. 2.6.- Nombramiento como consejero de Corporación Gestamp, Sociedad Limitada. por el plazo estatutario de cinco años. 2.7.- Nombramiento como consejero de Elidoza Promoción de Empresas, Sociedad Limitada por el plazo estatutario de cinco años. 2.8.- Nombramiento como consejero de D. Fermín del Río Sanz de Acedo por el plazo estatutario de cinco años. 2.9.- Nombramiento como consejero de QMC Directorships, Sociedad Limitada por el plazo estatutario de cinco años. 2.10.- Nombramiento como consejero de Addvalia Capital, Sociedad Anónima, por el plazo estatutario de cinco años. 2.11.- Nombramiento como consejero de Compañía Andaluza de Rentas e Inversiones, Sociedad Anónima por el plazo estatutario de cinco años. 2.12.- Nombramiento como consejero de Austral, B.V. por el plazo estatutario de cinco años. 2.13.- Nombramiento como consejero de D. Carlos Solchaga Catalán por el plazo estatutario de cinco años. 2.14.- Nombramiento como consejero de D. Ángel Ochoa Crespo por el plazo estatutario de cinco años. 2.15.- Nombramiento como consejero de D. Ignacio Martín San Vicente por el plazo estatutario de cinco años.
Tercero.- Delegación de facultades para la ejecución de los anteriores acuerdos.
Cuarto.- Aprobación del acta de la reunión.
Derecho a la inclusión de asuntos en el Orden del día. Los accionistas que representen, al menos, el cinco (5%) por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General de Accionistas incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente -dirigida a la atención del Secretario del Consejo de Administración- que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación de la presente convocatoria. En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social del accionista o accionistas solicitantes, y se acompañará la oportuna documentación -copia de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación- que acredite su condición de accionistas, a fin de cotejar esta información con la facilitada por la «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima» (IBERCLEAR). El complemento de convocatoria se publicará con quince (15) días de antelación, como mínimo, a la fecha señalada para la celebración de la Junta en primera convocatoria. Derecho de asistencia. Tendrán derecho de asistencia a la Junta general los titulares de acciones inscritas en el registro contable correspondiente con cinco (5) días de antelación, al menos, aquel en que la Junta haya de celebrarse. Dicha circunstancia deberá acreditarse por medio de la oportuna tarjeta de asistencia o certificado de legitimación expedido por la entidad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente. Derecho de información. Los accionistas, así como los representantes de los trabajadores, tienen el derecho a examinar en el domicilio social, sito en Calle Iparraguirre, número 34, 2.º derecha, 48011 Bilbao (Bizkaia), o a través de la página web de la Sociedad (www.cieautomotive.com), los documentos que a continuación se mencionan, así como el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de copia de los mismos: (i) Propuesta de los acuerdos correspondientes a los puntos del orden del día de la Junta General, así como justificación y oportunidad de cada uno de ellos. (ii) Los documentos que se relacionan en el artículo 39.1 de la Ley de Modificaciones Estructurales ("LME"), en relación con la fusión, todo ello a los efectos de los artículos 39.2 y 40.2 de la citada Ley. El detalle de dichos documentos es el siguiente: (a) Proyecto Común de Fusión de Instituto Sectorial de Promoción y Gestión de Empresas, Sociedad Anónima, por parte de CIE Automotive, Sociedad Anónima; (b) Informes de los administradores de cada una de las sociedades sobre el Proyecto Común de Fusión. Dichos informes recogen asimismo la justificación del, en su caso, aumento de capital y de la, en su caso, modificación estatutaria consecuencia de la Fusión, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 286 y 300 de la Ley de Sociedades de Capital. (c) Informe único del Experto Independiente relativo a la Fusión. (d) Cuentas Anuales e Informes de Gestión de los tres últimos ejercicios de cada una de las sociedades, así como los correspondientes Informes de auditores de cuentas. (e) Balance de Fusión de cada una de las sociedades, acompañado de los respectivos Informes de los auditores de cuentas. (f) Estatutos sociales vigentes de ambas sociedades. (g) Identidad de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y la fecha desde la que desempeñan sus cargos. (h) Identidad de las personas (físicas o jurídicas) que van a ser propuestas como administradores como consecuencia de la fusión. De acuerdo con lo previsto en el artículo 12bis de los Estatutos Sociales y en el artículo 9 del Reglamento de la Junta General, desde la publicación del presente anuncio de convocatoria de la Junta General y hasta el séptimo día anterior, inclusive, al previsto para su celebración en primera convocatoria, los accionistas podrán solicitar por escrito los informes o aclaraciones que estimen precisos, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día. Además, con la misma antelación y forma, los accionistas podrán solicitar informes o aclaraciones o formular preguntas por escrito acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General. En los escritos de solicitud de información se hará constar el nombre y apellidos del accionista solicitante acreditando las acciones de que es titular, y se acompañará el oportuno documento –copia de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación– que acredite su condición de accionista, a fin de cotejar esta información con la facilitada por la «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima» (IBERCLEAR). Estas solicitudes de información –dirigidas a la atención de la Oficina de Relaciones con el Accionista (Secretaría General)– podrán realizarse mediante la entrega de la petición en el domicilio social, mediante su envío a la Sociedad por correspondencia postal dirigida a calle Iparraguirre, número 34 - 2º derecha, 48011 Bilbao (Bizkaia), haciendo constar el número de acciones que posea, la cuenta de valores donde las tenga depositadas y demás circunstancias que se especifican en la página Web de la Sociedad, al objeto de cotejar esta información con la facilitada por IBERCLEAR. La página Web de la Sociedad detalla las explicaciones pertinentes para el ejercicio del derecho de información del accionista. Menciones mínimas relacionadas con el Proyecto Común de Fusión. De conformidad con lo previsto en el artículo 40.2, en relación con el artículo 31 de la LME, se exponen a continuación las menciones mínimas legalmente exigidas del Proyecto Común de Fusión, cuyo texto íntegro ha sido puesto a disposición de los accionistas conjuntamente con la presente convocatoria y puede consultarse en la Página Web de la Sociedad (www.cieautomotive.com) y en el Registro Mercantil: 1. Identificación de las Entidades que participan en la fusión. 1.1. CIE Automotive Sociedad Anónima, (Sociedad Absorbente) CIE Automotive Sociedad Anónima, es una sociedad anónima de nacionalidad española, con domicilio social en Bilbao, calle Iparraguirre, 34, 2.º derecha, y provista de CIF número A-20014452. Constituida bajo la denominación de "Forjas de Zubillaga, Sociedad Anónima" en escritura de fecha 13 de abril de 1939, autorizada por el Notario de Bergara, D. Benito Mendizábal, y que, tras otras modificaciones, cambió su denominación por la actual en escritura pública otorgada el 29 de julio de 2002, ante el Notario de Bilbao don José Ignacio Uranga Otaegui, número 2.570 de orden de su protocolo. La sociedad trasladó su domicilio social al actual en escritura autorizada por el Notario de Bilbao don Ramón Múgica Alcorta, el día siete de febrero de dos mil siete, número 234 de orden de su Protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia, al Tomo 4815, Folio 74, Hoja BI-48660, Inscripción 2.ª El capital social de CIE Automotive, Sociedad Anónima, asciende a veintiocho millones quinientos mil euros (28.500.000) representado en ciento catorce millones (114.000.000) de acciones de veinticinco céntimos de euro (euros 0,25) de valor nominal cada una de ellas, pertenecientes a una única clase y a la misma serie, representadas mediante anotaciones en cuenta. Todas las acciones se encuentran íntegramente desembolsadas. 1.2. Instituto Sectorial de Promoción y Gestión de Empresas Sociedad Anónima (Sociedad Absorbida) Instituto Sectorial de Promoción y Gestión de Empresas, Sociedad Anónima, es una sociedad anónima de nacionalidad española domiciliada en Alameda Mazarredo número 69, 8º piso, de Bilbao (Bizkaia), con NIF A-48746630, e inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia, en el Tomo 3.243 de la Sección General de Sociedades de ese Registro Mercantil, folio 24 Hoja número BI-14.143 inscripción 1.ª INSSEC fue constituida en virtud de escritura pública otorgada el 20 de marzo de 1.995 ante el Notario de Bilbao don Ignacio J. Gomeza Eleizalde. El capital social de INSSEC, según el artículo 5º de sus estatutos sociales asciende a veintiún millones seiscientos sesenta y tres mil seiscientos veinticuatro (euros 21.663.624) euros, representado por tres millones seiscientas diez mil seiscientas cuatro (3.610.604) acciones de una única clase y serie de seis (euros 6) euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la una (1) a la tres millones seiscientas diez mil seiscientas cuatro (3.610.604), ambas inclusive. Sin perjuicio de lo anterior, con carácter previo a la suscripción del presente Proyecto, los administradores de INSSEC han aprobado un proyecto de escisión parcial de la Sociedad que, en caso de ejecutarse finalmente, determinará una reducción de su capital social. Así, caso de aprobarse dicha escisión, el capital social de INSSEC ascenderá a veinte millones trescientos noventa y nueve mil novecientos doce euros con sesenta céntimos de euro (20.399.912,60) euros, representado por tres millones seiscientas diez mil seiscientas cuatro (3.610.604) acciones de una única clase y serie de cinco euros con sesenta y cinco céntimos de euro (5,65) de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la una (1) a la tres millones seiscientas diez mil seiscientas cuatro (3.610.604), ambas inclusive. 2. El Canje: El tipo de canje de la fusión, que ha sido determinado sobre la base del valor real de los patrimonios sociales de CIE Automotive y de INSSEC, será, sin compensación complementaria en dinero alguna, el siguiente: 20,44450319 acciones de CIE Automotive, de veinticinco céntimos de euro (0,25 euros de valor nominal cada una, por cada acción (1) de INSSEC, de cinco euros con sesenta y cinco céntimos de euro (5,65 euro) de valor nominal. Se entiende que la presente fusión se producirá en todo caso tras la escisión de INSSEC a que hace referencia el apartado 3.3. del Proyecto Comúnd e Fusión, con lo que el valor nominal de las acciones resultante es el correspondiente tras la ejecución de la escisión. Dicha relación de canje resulta de la valoración de los patrimonios de CIE Automotive e INSSEC realizada sobre la base de las metodologías que detalladamente se expondrán y justificaran en el informe de los administradores. Se hace constar que la relación de canje propuesta será sometida a la verificación del experto independiente que designe el Registro Mercantil a los efectos del artículo 34 LME. Dicho experto deberá manifestar si la relación de canje está justificada, si los métodos de valoración seguidos en su determinación son adecuados y si el valor del patrimonio aportado por INSSEC cubre, al menos, el importe (nominal más prima) del aumento de capital de CIE Automotive. Dada la existencia de esta verificación ex ante, el Consejo considera que no procede la verificación ex post (posterior a la adopción del acuerdo de fusión), por otro experto independiente designado por el Registro Mercantil, a que hace referencia el articulo 38 LME. El procedimiento para llevar a cabo el canje será el siguiente: (a) Acordada la fusión por las Juntas Generales de Accionistas de ambas sociedades, presentada ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores la documentación equivalente a que se refieren los artículos 26.1 d), 40.1 d) y concordantes del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, e inscrita la escritura de fusión en el Registro Mercantil de Bizkaia, se procederá al canje de las acciones de INSSEC por acciones de CIE Automotive. (b) El canje se realizara a partir de la fecha que se indique en los anuncios a publicar en uno de los diarios de mayor circulación en Bilbao y en los Boletines Oficiales de las Bolsas españolas y, en su caso, en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. A tal efecto, se designara una entidad financiera que actuara como Agente, de la cual se hará mención en los indicados anuncios. (c) El canje de las acciones de INSSEC por acciones de CIE Automotive se efectuara a través de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (Iberclear), que sean depositarias de las referidas acciones, con arreglo a los procedimientos establecidos para el régimen de las anotaciones en cuenta, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, y con aplicación de lo previsto en el articulo 117 de la Ley de Sociedades de Capital en lo que proceda. (d) Los accionistas que sean poseedores de acciones que representen una fracción del número de acciones de INSSEC fijado como tipo de canje podrán adquirir o transmitir acciones para proceder a canjearlas según dicho tipo de canje. Sin perjuicio de ello, las sociedades intervinientes en la fusión establecerán mecanismos orientados a facilitar la realización del canje a aquellos accionistas de INSSEC que sean titulares de un numero de acciones que, conforme a la relación de canje acordada, no les permita recibir un numero entero de acciones de CIE Automotive, y en particular, designarán un Agente de Picos. (e) Como consecuencia de la fusión, las acciones de INSSEC quedarán amortizadas o extinguidas. Por imperativo de lo previsto en el articulo 26 LME y en la normativa sobre acciones propias, no serán canjeadas por acciones de CIE Automotive las acciones propias que INSSEC tenga directamente en autocartera en la fecha en que se realice el canje. A fecha de hoy, INSSEC no es titular de acciones propias. 3.- Incidencia de la Fusión sobre las aportaciones de Industria y/o prestaciones accesorias. No la hay, dado que no existen socios de industria ni acciones con prestaciones accesorias en ninguna de las sociedades participantes en la Fusión. 4.- Derechos que vayan a otorgarse a titulares de derechos especiales o tenedores de Títulos distintos de Acciones. No existen en acciones especiales ni derechos especiales distintos de las acciones. Las acciones de CIE Automotive que se entreguen a los accionistas de INSSEC por virtud de la fusión contemplada en el presente Proyecto no otorgarán a sus titulares derecho especial alguno. 5.- Ventajas a los Expertos Independientes o Administradores de las Sociedades que se Fusionan. No se atribuirá ventaja alguna al experto independiente que ha emitido el informe único sobre el Proyecto Común de Fusión ni a los administradores de ninguna de las sociedades que participan en la Fusión. 6.- Fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas acciones, participaciones o cuotas tendrán derecho a participar en las ganancias sociales y cualquiera peculiaridades relativas a este derecho. Las acciones emitidas por CIE Automotive en la ampliación de capital referida en el Proyecto Común de Fusión, así como las que se entreguen en canje procedentes de la autocartera, darán derecho a sus nuevos titulares a participar en las ganancias sociales de CIE Automotive obtenidas a partir de la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil de Bizkaia. 7.- Fecha a partir de la cual la Fusión tendrá efectos contables de acuerdo con lo dispuesto en el Plan General de Contabilidad. Se establece el 1 de enero de 2011 como fecha a partir de la cual las operaciones de INSSEC se consideraran realizadas a efectos contables por cuenta de CIE Automotive. 8.- Estatutos de la Sociedad Resultante de la Fusión. Salvo por lo referente a la eventual ampliación de capital como consecuencia del canje de las acciones, no procede la modificación de los Estatutos de la Sociedad Absorbente como consecuencia de la Fusión. 9.- Información sobre la valoración del activo y pasivo del Patrimonio de cada Sociedad que se transmita a la Sociedad resultante. Como consecuencia de la fusión, INSSEC transmitirá en bloque a CIE Automotive todos los activos y pasivos que integran su patrimonio. Se hace constar, a los efectos de lo dispuesto en el articulo 31.9 LME, que los activos y pasivos transmitidos por INSSEC a CIE Automotive se registraran en CIE Automotive por el valor neto contable con que estuvieran registrados en la contabilidad de INSSEC a la fecha de efectos contables de la fusión. A 31 de diciembre de 2009, los principales elementos del activo y del pasivo de INSSEC (una vez integrado el impacto de la escisión parcial a que se ha hecho referencia en el apartado 3.2 anterior), así como su valoración (todo ello, en miles de euros), eran los siguientes: Inmovilizado Material Inversiones en empresas grupo: 137.229 CIE Automotive, Sociedad Anónima: 137.229 CIE Automotive Bioenergía Sociedad Limitada. Global Dominion Access, Sociedad Anónima. Créditos con empresas grupo: 44.664 Otros activos financieros Activos no corrientes: 181.893 Activos corrientes: 83 Total Activos: 181.976 Deudas con entidades de crédito: 44.415 Otras deudas: 332 Total Pasivos: 44.747 Neto Patrimonial: 137.229 10.- Fechas de las cuentas de las Sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión. Se considerarán como balances de fusión, a los efectos previstos en el artículo 36.1 LME, los cerrados por CIE Automotive e INSSEC a 31 de diciembre de 2009. Dichos balances han sido formulados con fecha 26 de febrero de 2010 en el caso de CIE Automotive y 30 de junio de 2010 en el caso de INSSEC, han sido debidamente verificados por los auditores de cuentas de ambas sociedades y han sido aprobados por las Juntas Generales de Accionistas de 29 de abril de 2010 en el caso de CIE Automotive y de 30 de junio de 2010 en el caso de INSSEC. Se hace constar, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 31.10ª LME, que para determinar las condiciones de la fusión se han tomado en consideración las cuentas anuales de las sociedades que se fusionan correspondientes a los ejercicios cerrados los días 31 de diciembre de 2007, de 2008 y de 2009. Los balances de fusión y las cuentas anuales referidas se pondrán a disposición de los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales, así como de los representantes de los trabajadores, junto con los restantes documentos a que hace referencia el articulo 39.1 LME, en el momento en que se publique la convocatoria de las Juntas Generales de Accionistas que hayan de resolver sobre la fusión. 11. Posibles consecuencias de la Fusión sobre el empleo, así como su eventual impacto de género en los Órganos de Administración y la incidencia, en su caso, en la responsabilidad social de la Empresa. 11.1. Posibles consecuencias de la fusión en relación con el empleo La fusión no tendrá impacto alguno sobre el empleo, por cuanto los trabajadores de las Sociedades Absorbidas serán transferidos a la Sociedad Absorbente respetándose las condiciones existentes a la fecha de aprobación de la fusión. 11.2. Impacto de género en los Consejos de Administración No esta previsto que, con ocasión de la fusión, se produzcan cambios de especial significación en la estructura del órgano de administración de la entidad resultante desde el punto de vista de su distribución por géneros. De igual manera, la fusión no modificara la política que ha venido gobernado esta materia tanto en CIE Automotive como en INSSEC. 11.3. Incidencia de la fusión en la responsabilidad social corporativa La fusión proyectada no tendrá impacto alguno sobre la responsabilidad social de la empresa. 11.4. Incidencia de la fusión sobre los acreedores No se prevé ninguna medida especial de protección de los intereses de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión, al margen y sin perjuicio de las medidas de protección establecidas por la legislación española vigente. Asimismo, los derechos de todos los acreedores de las sociedades participantes en la fusión se entenderán legalmente protegidos por el derecho de oposición que les asiste de acuerdo con lo establecido en la Ley de Modificaciones Estructurales. Además de las menciones referidas, el Proyecto Común de Fusión contiene otras de carácter facultativo cuyo contenido íntegro puede consultarse en el domicilio social, calle Iparraguirre, número 34, 2.º derecha, 48011 Bilbao (Bizkaia), o a través de la página web de la Sociedad (www.cieautomotive.com) y en el Registro Mercantil. Los accionistas y los representantes de los trabajadores pueden solicitar la entrega o el envío gratuito, por cualquier medio admitido en derecho, de copia de dicho texto y de los demás documentos que se ponen a disposición con ocasión de esta convocatoria. Derecho de representación. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de los Estatutos sociales y en el artículo 12 del Reglamento de la Junta General, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque no sea accionista, confiriendo la representación por escrito y con carácter especial para la Junta. La representación para asistir a la Junta General podrá conferirse mediante la utilización, en su caso, de la siguiente fórmula: «Confiero mi representación para esta Junta General al accionista .................................................................... o, en defecto de designación expresa, al Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad, que votará favorablemente las propuestas incluidas en el Orden del Día y aquellas otras que puedan presentarse válidamente, en el mismo sentido que proponga el Consejo de Administración, salvo que se indiquen instrucciones de voto en el siguiente cuadro. En el supuesto de que se produjera conflicto de interés del representante en la votación de algunos de los puntos que se sometan a la Junta General, autorizo al representante para que pueda designar a un tercer accionista que ejerza la representación». La delegación de la representación deberá ser cumplimentada y firmada por el accionista, suscribiendo la correspondiente tarjeta de asistencia y delegación. La delegación ha de ser aceptada por el accionista representante, sin la cual no podrá ejercerse. A tal fin el representante también deberá firmar la tarjeta de asistencia. El accionista a cuyo favor se confiera la representación deberá ejercitarla asistiendo personalmente a la Junta, haciendo entrega de la tarjeta de asistencia y delegación en las mesas de registro de entrada de accionistas, en el lugar y día señalado para la celebración de la Junta General y desde una hora antes de la hora prevista para el inicio de la reunión. Asimismo, las tarjetas de asistencia y delegación podrán entregarse durante los días anteriores a la Junta en el domicilio social, calle Iparraguirre, número 34, 2.º derecha, 48011 Bilbao (Bizkaia). En los términos previstos en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración, el Presidente y el Secretario de la Junta General gozarán de las más amplias facultades, en cuanto en Derecho sea posible, para admitir la validez del documento acreditativo de la representación. Representación mediante correspondencia postal. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de la Junta General de Accionistas los accionistas podrán otorgar su representación mediante correspondencia postal. Las tarjetas de asistencia y delegación, debidamente cumplimentadas y firmadas, podrán remitirse a «CIE Automotive, Sociedad Anónima» mediante correspondencia postal dirigida a la Sociedad a calle Iparraguirre, número 34, 2.º derecha, 48011 Bilbao (Bizkaia). El accionista que confiera su representación mediante correspondencia postal deberá señalar su nombre y apellidos, acreditando las acciones de que es titular, con objeto de cotejar esta información con la facilitada por la «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima» (IBERCLEAR). El documento de delegación deberá firmarse por parte del accionista y su firma deberá estar legitimada notarialmente. En los casos de representación legal, deberá acreditarse las facultades del apoderado firmante en nombre y representación del accionista mediante la entrega de una copia simple del referido poder notarial de representación. El accionista que confiera su representación mediante correspondencia postal deberá comunicar al accionista designado como representante la representación conferida a su favor. La representación conferida mediante correspondencia postal deberá ser aceptada por el representante. A tal fin, el representante deberá firmar la tarjeta de asistencia y delegación reservándose una copia de la misma a efectos de su presentación y entrega en las mesas de registro de entrada de accionistas, en el lugar y fecha señalados para la celebración de la Junta General. Por tanto, el accionista a cuyo favor se confiera la representación mediante correspondencia postal, deberá ejercitarla asistiendo personalmente a la Junta. La representación conferida mediante correspondencia postal podrá dejarse sin efecto por revocación expresa del accionista efectuada por el mismo medio empleado para conferir la representación, dentro del plazo establecido para conferirla, o por asistencia personal del accionista a la Junta General. El accionista que confiera su representación mediante correspondencia postal y no hiciera constar marca en alguna o ninguna de las casillas destinadas a dar instrucciones de voto respecto de los puntos del Orden del Día, se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el Consejo de Administración. Voto por correo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de la Junta General de Accionistas los accionistas podrán ejercer su derecho a voto mediante correspondencia postal. Para la emisión del voto por correo, el accionista deberá cumplimentar y firmar la tarjeta de asistencia, delegación y voto expedida por la entidad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, en la que hará constar su sentido de voto -a favor o en contra- la abstención o el voto en blanco, marcando con una cruz en la casilla correspondiente. La tarjeta cumplimentada y firmada podrá remitirse a «CIE Automotive, Sociedad Anónima» mediante correspondencia postal dirigida a Calle Iparraguirre, número 34 - 2º derecha, 48011 Bilbao (Bizkaia). El accionista que emita su voto mediante correspondencia postal y no hiciera constar marca en alguna o ninguna de las casillas destinadas a señalar el voto respecto de los puntos del Orden del Día, se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el Consejo de Administración. El voto emitido mediante correspondencia postal quedará sin efecto por revocación posterior y expresa del accionista efectuada por el mismo medio empleado para la emisión y dentro del plazo establecido para ésta, o por la asistencia personal a la Junta General del accionista que hubiere emitido el voto por correspondencia postal o por asistencia de su representante. El voto emitido por correo habrá de recibirse por la Sociedad antes de las 24 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera convocatoria, es decir, antes de las 24 horas del día 26 de octubre de 2010. En caso contrario, el voto se entenderá por no emitido. Con posterioridad al indicado plazo sólo se admitirán los votos presenciales emitidos en el acto de la Junta General por el accionista titular o por el accionista que le represente válidamente. El accionista que emita su voto a distancia por correspondencia postal será considerado como presente a los efectos de la constitución de la Junta General. Delegación y voto en el supuesto de complemento de convocatoria. Si como consecuencia del ejercicio del derecho a incluir nuevos puntos en el Orden del día que corresponde a accionistas que representan al menos el cinco por ciento (5%) del capital social, se publicase un complemento a la presente convocatoria, los accionistas que hubiesen delegado su representación o que hubieran emitido su voto antes de la publicación de dicho complemento, podrán: (i) Conferir de nuevo la representación con las correspondientes instrucciones de voto, o emitir de nuevo el voto, respecto de la totalidad de los puntos del Orden del Día (incluyendo tanto los puntos iniciales como los nuevos puntos incorporados mediante el complemento), en cuyo caso se entenderá revocada y quedará sin efecto alguno la representación otorgada o el voto emitido con anterioridad; o (ii) Completar las correspondientes instrucciones de voto al representante inicialmente designado (debiendo ser éste el mismo no pudiendo designarse otro) únicamente respecto de los nuevos puntos del Orden del Día incorporados mediante el complemento, todo ello de conformidad con los procedimientos y métodos mencionados en los apartados anteriores, y por el mismo medio empleado en la delegación conferida o el voto emitido originalmente. En el supuesto de que el accionista hubiese emitido el voto a distancia antes de la publicación del complemento y no realizara ninguna de las actuaciones señaladas bajo los apartados (i) y (ii) anteriores, se entenderá que se abstiene respecto de dichos nuevos puntos. Protección de datos de carácter personal. Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General, o que sean facilitados por las entidades bancarias y Sociedades y Agencias de Valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Iberclear, serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente. Asimismo, se informa a los accionistas que dichos datos se incorporarán a un fichero informático propiedad de la Sociedad y los accionistas tendrán la posibilidad de ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría General de la Sociedad sita en Calle Iparraguirre, número 34 - 2º derecha, 48011 Bilbao (Bizkaia). Aunque en este anuncio estén previstas dos convocatorias, el Consejo de Administración informa a los accionistas, para evitarles molestias innecesarias, que se espera poder reunir en primera convocatoria el quórum de asistencia exigido por la Ley de Sociedades de Capital, los Estatutos Sociales y el Reglamento de la Junta General, por lo que es previsible que la Junta se celebre el día 27 de octubre de 2010, a las 13:00 horas de la mañana, en Bilbao (Bizkaia), Palacio Euskalduna Jauregia, Avenida Abandoibarra, número 4.
Bilbao, 20 de septiembre de 2010.- Por el Consejo de Administración, el Secretario, don Roberto Alonso Ruiz.
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