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Documento BORME-C-2010-287

JVCM ACTIVOS, S.I.C.A.V., S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
JUVITEC INVERSIONES, S.I.C.A.V., S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 4, páginas 309 a 310 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-287

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de Accionistas de Juvitec Inversiones, S.I.C.A.V., S.A. y JVCM Activos, S.I.C.A.V., S.A. celebradas en primera convocatoria con fecha 14 de diciembre de 2009 acordaron por unanimidad aprobar la fusión de dichas sociedades, una vez se obtenga la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, mediante la absorción de la primera por JVCM Activos, S.I.C.A.V., S.A., que adquirirá en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión por absorción se realizará tomando como balances de fusión los de las correspondientes entidades cerrados a fecha 30 de junio de 2009, los cuales han sido debidamente aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan los citados balances de fusión únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable y aprobada por las Juntas Generales de Accionistas se ha obtenido a partir de los respectivos valores liquidativos por acción de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a fecha 13 de diciembre de 2009, calculados de acuerdo con la normativa específica vigente en materia de Sociedades de Inversión de Capital Variable.

La ecuación de canje aprobada por las respectivas Juntas Generales de Accionistas ha sido la siguiente:

- Una acción de Juvitec Inversiones, S.I.C.A.V., S.A. por cada acción de JVCM Activos, S.I.C.A.V., S.A., más una compensación en efectivo por acción de 0,72730802 euros.

Los accionistas de la sociedad absorbida podrán agrupar sus acciones a efectos del canje. Los picos de acciones de la sociedad absorbida, que representen una fracción de acción de la sociedad absorbente, serán adquiridos por ésta a su valor liquidativo correspondiente al día 13 de diciembre de 2009. Asimismo, se hace constar que la compensación económica total a entregar a los accionistas de la sociedad absorbida no excede del límite del 10% previsto en el artículo 25, apartado 2º, de la Ley 3/2.009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Asimismo, la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de JVCM Activos, S.I.C.A.V., S.A. será la del día en que se produzca la inscripción de la escritura de fusión en el Registro Mercantil de Madrid.

La operación de fusión ha sido acordada conforme al proyecto común de fusión suscrito con fecha 20 de julio de 2009 por los Consejos de Administración de las compañías intervinientes, el cuál fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 22 de septiembre de 2009, depósito que fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 188 del día 1 de octubre de 2009.

No se concederán ventajas a los Administradores de la sociedades intervinientes en el proceso de fusión, ni a favor de los expertos independientes que hayan intervenido en la misma, ni derechos especiales para ningún tipo de acciones.

La operación de fusión se acogerá al régimen fiscal especial que para las fusiones se establece en los artículos 83 y siguientes de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto Legislativo 4/2.004, de 5 de marzo) así como en los artículos 42 y siguientes de su Reglamento (Real Decreto 1.777/2.004, de 30 de julio).

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por las Juntas Generales de Accionistas, de los respectivos balances de fusión y de las certificaciones de los valores liquidativos por acción emitidos por la sociedad gestora de las sociedades fusionadas, a saber, Arcalia Inversiones, S.G.I.I.C., S.A.

Finalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2.009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, que deberá ser ejercitado, en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, y en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Madrid, 28 de diciembre de 2009.- La Vicesecretaria del Consejo de Administración de JVCM Activos, S.I.C.A.V., S.A. Doña Carmen de la Fuente Núñez. El Vicesecretario del Consejo de Administración de Juvitec Inversiones, S.I.C.A.V., S.A. Don Álvaro Senés Motilla.

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