De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace pública la Decisión del Socio Único de Reeof Cedro Building, S.L.U., tomada con fecha 24 de septiembre de 2010, así como la Decisión del Socio Único de Reeof Holding Cedro, S.L.U. tomada a su vez el día 24 de septiembre de 2010, de llevar a cabo la fusión inversa de dichas sociedades, mediante la absorción por parte de Reeof Cedro Building, S.L.U., de Reeof Holding Cedro, S.L.U., con extinción de la sociedad absorbida, mediante su disolución sin liquidación y el traspaso de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, sin ampliación de capital social en ésta, por estar íntegramente participada por la sociedad absorbida, en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 8 de septiembre de 2010.
Los Balances de Fusión son los cerrados a 31 de diciembre de 2009, produciendo la operación efectos contables a partir del 1 de enero de 2010.
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado así como los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectos domicilios sociales.
Del mismo modo se reconoce a los acreedores de dichas sociedades, el derecho a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 24 de septiembre de 2010.- Don David Cores Olivera, Secretario del Consejo de Administración de Reeof Cedro Building, S.L.U., y de Reeof Holding Cedro, S.L.U.
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