Contido non dispoñible en galego
El Consejo de Administración ha acordado convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse en el domicilio social, el día 22 de noviembre de 2010, a las 13,00 horas, en primera convocatoria, y el día siguiente, 23 de noviembre de 2010, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Aprobación del proyecto de fusión por absorción de Consulnor Euroacciones, Sicav, Sociedad Anónima por parte de Patrimix Sicav, Sociedad Anónima.
Segundo.- Examen y aprobación del balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2009.
Tercero.- Información sobre modificaciones en el activo y en el pasivo de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida.
Cuarto.- Acogimiento al régimen fiscal especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores.
Quinto.- Modificación del artículo 15º de los Estatutos, relativo a la retribución de los administradores.
Sexto.- Cese y designación de miembros del Consejo de Administración. Fijación del número de miembros del Consejo.
Séptimo.- Delegación de facultades.
Octavo.- Aprobación del acta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, a partir de la publicación de la convocatoria de la Junta, los accionistas, obligacionistas y titulares de obligaciones especiales, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos que a continuación se mencionan, así como el derecho a obtener la entrega o envío gratuito de copia de los mismos: (i) Proyecto común de fusión. (ii) Informes de los administradores de cada una de las sociedades sobre el proyecto común de fusión. (iii) Informe único del experto independiente relativo a la fusión. (iv) Cuentas anuales y los informes de gestión correspondientes a los tres últimos ejercicios de cada una de las sociedades, así como los correspondientes informes de auditoría. Se hace constar que el balance de fusión de cada una de las sociedades que participan en la fusión es el balance anual que forma parte de las cuentas anuales del ejercicio 2009, verificado por los auditores de cuentas. (v) Estatutos sociales vigentes de ambas sociedades. (vi) Texto íntegro de los Estatutos de la sociedad absorbente, incorporados como anexo al proyecto común de fusión. (vii) Identidad de los administradores de las sociedades participantes en la fusión y la fecha desde la que desempeñan sus cargos. De conformidad con el artículo 40.2 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en relación con el artículo 31 de la misma Ley, se exponen a continuación las menciones mínimas legalmente exigidas del proyecto común de fusión, cuyo texto íntegro ha sido puesto a disposición de los accionistas conjuntamente con la presente convocatoria: 1º.- Identidad de las sociedades participantes 1.1. Sociedad absorbente Patrimix, SICAV, S.A., sociedad anónima de nacionalidad española, con domicilio social en Madrid, calle Velázquez, 12-5º; constituida en virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Bilbao, D. Juan Ignacio Gomeza Villa, con fecha 28 de julio de 1994. Figura inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 27680, folio 110, hoja nº M-498830, y con CIF nº A-48678536. Se halla asimismo inscrita en el Registro especial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 56. 1.2. Sociedad absorbida Consulnor Euroacciones, SICAV, S.A., sociedad anónima de nacionalidad española, con domicilio social en Madrid, calle Velázquez, 12-5º; constituida en virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Bilbao, D. José Antonio Isusi Ezcurdia, con fecha 6 de noviembre de 1998. Figura inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 27477, folio 140, hoja nº M-495142; y con CIF nº A-48997308. Se halla asimismo inscrita en el Registro especial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 385. 2º.- Tipo de canje y procedimiento de canje 2.1. Tipo de canje El tipo de canje de las acciones, establecido sobre la base del valor real del patrimonio de ambas sociedades absorbida y absorbente, será el que resulte del valor liquidativo de los patrimonios de las dos sociedades, calculado, de acuerdo con la normativa específica vigente, el día anterior al fijado para la celebración en primera convocatoria de las Juntas Generales de accionistas de las sociedades que han de resolver sobre la fusión, quedando convenido a tal efecto que las Juntas Generales de las dos sociedades participantes en la fusión serán convocadas para la misma fecha. En consecuencia, el cociente (en adelante, el "Cociente") resultado de dividir el valor liquidativo de la sociedad absorbente entre el valor liquidativo de la sociedad absorbida en la fecha que acaba de indicarse, determinará la proporción de canje entre las acciones de dichas sociedades. Para la fijación de la ecuación de canje se tomará el menor número entero posible de acciones de la absorbida que, dividido por el Cociente, dé un número entero de acciones de la sociedad absorbente. 2.2. Procedimiento de canje Los accionistas de la sociedad absorbida podrán agrupar sus acciones a los efectos del canje. Los picos de acciones de la sociedad absorbida, que representan una fracción de acción de la sociedad absorbente, serán adquiridos por ésta a su valor liquidativo correspondiente al día anterior al fijado para la celebración en primera convocatoria de las Juntas Generales de Accionistas. En ningún caso, el importe en efectivo satisfecho por la sociedad absorbente podrá exceder del límite del 10% previsto en el artículo 25.2 de la LME. El canje se llevará a cabo, en principio, con acciones que la sociedad absorbente pudiera tener en autocartera. En lo que no fuera suficiente, se realizará con cargo a capital no emitido y, si ello tampoco resultara suficiente, se acordará una ampliación de capital en la cuantía necesaria para atender el canje y se fijarán, en su caso, unos nuevos capitales estatutarios inicial y máximo. La diferencia entre el valor neto contable del patrimonio recibido por la sociedad absorbente en virtud de la fusión objeto del presente Proyecto y el valor nominal de las nuevas acciones emitidas por la sociedad absorbente, se considerará prima de emisión. Tanto el valor nominal de dichas acciones como la correspondiente prima de emisión quedarán enteramente desembolsados como consecuencia de la transmisión en bloque del patrimonio social de Consulnor Euroacciones, SICAV, S.A. a Patrimix, SICAV, S.A., que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquél. El canje de las acciones de Consulnor Euroacciones, SICAV, S.A. por acciones de Patrimix, SICAV, S.A. se efectuará a través de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear), que sean depositarias de las mismas, con arreglo a los procedimientos establecidos para el régimen de las anotaciones en cuenta, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, y con aplicación de lo previsto en el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas en lo que proceda. No siendo la sociedad absorbente titular de acción alguna de la sociedad absorbida, el canje anteriormente descrito afectará a la totalidad de las acciones en circulación de la sociedad absorbida. 3º.- Prestaciones accesorias y derechos especiales No existen aportaciones de industria ni prestaciones accesorias ni en la sociedad absorbente, ni en la sociedad absorbida. En consecuencia, no se prevé compensación alguna a los efectos de lo previsto en el artículo 31.3ª de la LME. Tampoco existen en las sociedades absorbida y absorbente, a efectos de lo previsto en el artículo 31.4ª de la LME, titulares de acciones de clases especiales, ni quienes tengan derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se hace expresa reserva de ningún derecho a este respecto, ni se prevé el ofrecimiento de opciones de clase alguna. 4º.- Ventajas a los expertos independientes o administradores de las sociedades que se fusionan No se contempla el otorgamiento de ningún tipo de ventajas a los administradores de las sociedades absorbida y absorbente; ni tampoco en favor del experto independiente que, de acuerdo con el artículo 34 de la LME, intervenga en la fusión. 5º.- Fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a participar en las ganancias sociales y cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho Las acciones entregadas por la sociedad absorbente a los accionistas de la sociedad absorbida, como resultado del canje, darán derecho a participar en las ganancias de la sociedad absorbente generadas desde la misma fecha a la que se calcule la ecuación de canje conforme a este Proyecto. 6º.- Fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables de acuerdo con lo dispuesto en el Plan General de Contabilidad La fusión tendrá efectos contables a partir del día en que se adopten los acuerdos de fusión por las sociedades absorbente y absorbida. 7º.- Estatutos de la sociedad resultante de la fusión Los órganos de administración de las sociedades participantes han acordado proponer que la sociedad absorbente, verificada la fusión, continúe rigiéndose por los que actualmente son sus Estatutos, cuyo texto íntegro se incorpora al Proyecto, si bien modificando la redacción del artículo 15 de los Estatutos Sociales para incluir la retribución del cargo de Consejero. El texto integro de los Estatutos de la sociedad absorbente se incorpora como anexo al proyecto común de fusión y ha sido puesto a disposición de los accionistas conjuntamente con la presente convocatoria. 8º.- Información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmita a la sociedad resultante Como consecuencia de la fusión, Consulnor Euroacciones, SICAV, S.A. transmitirá en bloque a Patrimix, S.A. todos los activos y pasivos que integran su patrimonio. Se hace constar, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 31.9ª de la LME, que los activos y pasivos transmitidos por la sociedad absorbida a la sociedad absorbente se registrarán en la sociedad absorbente por el valor neto contable con que estuvieran registrados en la contabilidad de la sociedad absorbida a la fecha de efectos contables de la fusión. 9º.- Fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión Se hace constar, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 31.10ª de la LME, que para determinar las condiciones de la fusión se han tomado en consideración las cuentas anuales de las sociedades que se fusionan correspondientes a los ejercicios cerrados los días 31 de diciembre de 2007, 2008 y 2009. 10º.- Impacto en empleo, género y responsabilidad social corporativa 10.1. Posibles consecuencias de la fusión en relación con el empleo Toda vez que la sociedad absorbida no tiene trabajadores, su disolución no dará lugar a la extinción de relación laboral alguna, ni a la aplicación de lo previsto para el supuesto de sucesión de empresa en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y normativa concordante. Por lo demás, la fusión no tendrá impacto alguno en el empleo de la sociedad absorbente, que mantendrá íntegros su organización y sus medios humanos y materiales. 10.2. Impacto de género en los órganos de administración No está previsto que, con ocasión de la fusión, se produzcan cambios de especial significación en la estructura del órgano de administración de la entidad resultante desde el punto de vista de su distribución por géneros. 10.3. Incidencia de la fusión en la responsabilidad social de la empresa La fusión no supondrá cambios en la actual política de responsabilidad social corporativa de la sociedad. En relación con el punto quinto del orden del día, de conformidad con lo previsto en el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho que corresponde a los accionistas de examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y el informe de los administradores sobre la misma, así como pedir la entrega o envío gratuito de dichos documentos. El derecho de asistencia a la Junta y la representación se ajustarán a lo dispuesto en los Estatutos Sociales y legislación vigente.
Madrid, 7 de octubre de 2010.- D. Manuel Fernández-Monge González Audicana, Presidente del Consejo de Administración.
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