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Documento BORME-C-2010-30598

AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AGUAS DE LA CUENCA DEL SEGURA, SOCIEDAD ANÓNIMA
AGUAS DE LA CUENCA DEL JÚCAR, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 200, páginas 32375 a 32375 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-30598

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en su reunión de fecha 8 de octubre de 2010, la Junta general de la sociedad estatal "Aguas de las Cuencas Mediterráneas, Sociedad Anónima" sociedad absorbente, celebrada con el carácter de universal y extraordinaria, ha decidido aprobar la fusión por absorción de las sociedades estatales "Aguas de la Cuenca del Segura, Sociedad Anónima" (AcuaSegura) y "Aguas del Júcar, Sociedad Anónima" (AcuaJúcar) íntegramente participadas por "Aguas de las Cuencas Mediterráneas, Sociedad Anónima", con disolución, sin liquidación, de las sociedades absorbidas y con traspaso en bloque, a título universal, de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus respectivos patrimonios a la sociedad absorbente.

La fusión se efectuará sin aumento de capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta ya titular del 100 por 100 del capital de las sociedades absorbidas, según los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el órgano de administración de cada una de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de las provincias de Madrid, Murcia y Valencia.

La fusión se ha aprobado por el accionista único de la sociedad absorbente, el Estado español, sin que sea exigible la aprobación de la fusión por el accionista de las sociedades absorbidas, en virtud de lo preceptuado en el artículo 49.1.4.º de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 8 de octubre de 2010.- La Presidenta del Consejo de Administración de "Aguas de las Cuencas Mediterráneas, Sociedad Anónima", Marta Morén Abat; la Secretaria del Consejo de Administración de "Aguas de las Cuencas Mediterráneas, Sociedad Anónima", Isabel Bonelli Jáudenes.

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