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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las entidades "Roblegas, S.A." y "Astoil España, S.L.", celebradas el día 8 de octubre de 2.010, acordaron por unanimidad su fusión, mediante la absorción de la entidad "Astoil España, S.L.", que se disuelve sin liquidación y transmite todo su patrimonio en favor de la sociedad absorbente "Roblegas, S.A.", de acuerdo con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores Solidarios de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Albacete.
De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión aprobados. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Villarrobledo (Albacete), 8 de octubre de 2010.- Fdo. Alfonso Ortega Losa, Administrador Solidario de "Roblegas, Sociedad Anónima" y "Astoil España, Sociedad Limitada".
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