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Documento BORME-C-2010-30839

DESTILERÍAS SAN BARTOLOMÉ DE TEJINA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COCAL, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 32618 a 32618 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-30839

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de "Cocal, Sociedad Anónima" y "Destilerías San Bartolomé de Tejina, Sociedad Anónima", en sesiones de fecha 21 y 22 de septiembre de 2010, respectivamente, aprobaron por mayoría la fusión de ambas mediante la absorción de "Cocal, Sociedad Anónima" por el "Destilerías San Bartolomé de Tejina, Sociedad Anónima" con extinción de la primera mediante la disolución, sin liquidación, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a "Destilerías San Bartolomé de Tejina, Sociedad Anónima", que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, por lo que dicha transmisión universal implicará la adquisición de todos los elementos del Activo y Pasivo integrantes del patrimonio de "Cocal, Sociedad Anónima", incluyéndose en la transmisión con independencia de todos los bienes, los derechos y obligaciones y, en general, todas las relaciones jurídicas o fiscales de la sociedad absorbida.

La fusión implica que los accionistas de "Cocal, Sociedad Anónima" se incorporarán al accionariado de "Destilerías San Bartolomé de Tejina, Sociedad Anónima" mediante la atribución de acciones representativas del capital social de "Destilerías San Bartolomé de Tejina, Sociedad Anónima, en proporción a su respectiva participación en el capital de "Cocal, Sociedad Anónima", todo ello conforme a los términos establecidos en el proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de "Destilerías San Bartolomé de Tejina, Sociedad Anónima" y "Cocal, Sociedad Anónima" y depositados y registrado en los Registros Mercantiles de Santa Cruz de Tenerife y de las Palmas en fechas 1 y 3 de junio de 2010, respectivamente. Asimismo se aprobó el Balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados todos ellos a 31 de diciembre de 2009.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la sociedad, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.

La Laguna, 24 de septiembre de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración.

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