En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 73 y 43 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Hotel Glories, Sociedad Limitada, celebrada el día 19 de octubre de dos mil diez aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de Hotel Glories, Sociedad Limitada, mediante la segregación de su patrimonio de la rama de actividad hotelera de la que es propietaria la sociedad escindida, y que se traspasa en bloque a una sociedad limitada de nueva creación, que se denominará AGI Hotels, Sociedad Limitada.
La sociedad beneficiaria adquirirá por sucesión, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del acuerdo de escisión.
A tal efecto se informa que en la escisión parcial se ha tomando como Balance de escisión el cerrado a 30 de junio de dos mil diez, y teniendo la escisión efectos contables desde el día 1 de julio de dos mil diez.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de Hotel Glories, Sociedad Limitada, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión de Hotel Glories, Sociedad Limitada, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Compañía.
Los acreedores pueden oponerse a la escisión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles.
Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de la sociedad escindida todos los documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Barcelona, 19 de octubre de 2010.- La Administradora Única de Hotel Glories, Sociedad Limitada, Qualit Asesores, Sociedad Limitada, representada por su persona física representante, doña Anabel Guerrero Kandler.
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