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Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades Mirador de la Carrascosa, S.L. y Anida Desarrollos Inmobiliarios, S. L., celebradas el día 28 de octubre de 2010, acordaron la fusión por Anida Desarrollos Inmobiliarios, S.L., como sociedad absorbente, de Miarador de la Carrascosa, S. L., como sociedad absorbida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las entidades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los balances de fusión, y así como el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Madrid, 28 de octubre de 2010.- D. Carlos Deprit García, Presidente del Consejo de Anida Desarrollos Inmobiliarios, S.L. y D. Enrique J. Madan Rodríguez, Presidente del Consejo de Mirador de las Carrascosa, S.L.
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