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Documento BORME-C-2010-32424

ARNEDO MEDINA VALENCIA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 34269 a 34270 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2010-32424

TEXTO

A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 289 y 290 Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que por acuerdo de la Junta General universal Extraordinaria de Accionistas de la mercantil "Arnedo Medina Valencia, Sociedad Anónima" celebrada el día 10 de septiembre de 2010, se acordó la modificación del objeto social, pasando a ser el nuevo objeto social el establecido en el actual artículo 2.º de los Estatutos que se trascribe a continuación:

"Artículo 2.- Objeto. La Sociedad tiene por objeto lo siguiente:

a.- La actividad de transporte de mercancías por carretera nacional e internacional con vehículos propios o de terceros en cualquiera de las modalidades de intermediación recogidas en la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre. En concreto la sociedad podrá desarrollar las actividades de Agencia de Transporte, Almacenista-Distribuidora y Transitaria.

b.- La realización de actividades de arrendamientos de equipos industriales de tracción de cualquier tipo, en particular automóviles turismos, vehículos ligeros, camiones, tracto-camiones, semirremolques, grúas y maquinaria agrícola.

c.- La comercialización de los bienes fungibles necesarios para el uso y mantenimiento de tales equipos. En particular, podrá comercializar carburantes, aceites, adBlue y neumáticos.

d.- Las actividades de reparación y mantenimiento de los equipos susodichos.

e.- La comercialización de los anteriores equipos industriales de tracción, remolques o semirremolques.

f.- La proyección, programación o construcción, montaje y comercialización de equipamientos técnicos de localización de flotas, de tratamiento de datos de los tacógrafos y tarjetas de conductor, programas de gestión de la empresa de transporte, y todas aquellas innovaciones que respecto del transporte pudieran surgir en un futuro. Lo anterior se refiere tanto al hardware como al software necesario para su funcionamiento.

g.- La realización de almacenamiento bajo el régimen de depósito franco aduanero.

h.- La intervención en el mercado de transporte como operador intermodal, en particular, como operador ferroviario autorizado.

i.- Las actividades previstas por Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, que resulten necesarias para el mejor desarrollo del objeto expuesto en los puntos anteriores.

Las actividades integrantes del objeto social, podrán ser desarrolladas, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o de participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo, exceptuadas aquellas a las que se refiere el artículo 39.1 de la Ley.

Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social, algún título profesional o autorización administrativa, o inscripción administrativa, o inscripción en Registros públicos, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente dicha titulación profesional, y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos.

Valencia, 22 de octubre de 2010.- El Administrador único, Juan José Arnedo Medina.

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