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El día 30 de septiembre de 2010, el accionista único de "Tenneco Automotive Ibérica, S.A.U." y el socio único de "Tenneco Innovación, S.L.U.", decidieron segregar la unidad económica autónoma formada por todos los derechos, bienes y obligaciones vinculados a la actividad de investigación, desarrollo e innovación en relación con las tecnologías de interés para el sector de componentes de automoción, titularidad de "Tenneco Automotive Ibérica, S.A.U." a favor de "Tenneco Innovación, S.L.U.", sociedad íntegramente participada por la sociedad segregada, la cual los adquirirá por sucesión universal, recibiendo a cambio la sociedad segregada participaciones de la sociedad beneficiaria.
Los accionistas o socios de las sociedades intervinientes en la segregación y los acreedores de las mismas pueden obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de segregación, solicitándolo a las sociedades intervinientes.
Asimismo, los acreedores de las sociedades intervinientes podrán oponerse a la segregación proyectada en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión expresa del artículo 73 de la citada Ley.
Ermua (Vizcaya), 30 de septiembre de 2010.- Hari N. Nair, Presidente del Consejo de Administración de "Tenneco Automotive Ibérica, S.A.U." y Administrador único de "Tenneco Innovación, S.L.U.".
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