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De conformidad a lo dispuesto en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, se hace público que, por acuerdo del Accionista único de fecha 20 de septiembre de 2010, se tomaron, entre otros acuerdos el de efectuar la reducción de capital social de la Sociedad, en los términos siguientes:
Primero.- Reducción de capital social por condonación de dividendos pasivos.
El Accionista único acordó reducir el capital social en la cantidad de trescientos treinta y dos mil euros (332.000,00 euros), mediante la condonación de dividendos pasivos, por el procedimiento de reducción del valor nominal de la totalidad de las acciones sociales, que en adelante tendrán un valor nominal de veintitrés euros con sesenta céntimos de euro (23,60 euros) cada una de ellas, todo ello con el fin de regularizar el capital social de la compañía habida cuenta la falta de desembolso del 73,78% del valor de las acciones suscritas.
Segundo.- Como consecuencia de la reducción de capital mencionada, se modifica el artículo séptimo de los Estatutos Sociales.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la reducción de capital acordada, en los términos de la Ley de Sociedades Anónimas, y del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Barcelona, 20 de septiembre de 2010.- El Administrador único, Miguel Ángel García Moreta.
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