De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones aplicables, se hace público que los socios de la entidad mercantil Alumabe Castellanos, Sociedad limitada, acordaron, por unanimidad, en Junta General Universal y Extraordinaria de fecha 5 de noviembre del año en curso, aprobar la escisión parcial de la misma, mediante segregación de una parte de su patrimonio constitutivo de una rama de actividad, a favor de una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación denominada Alumabe Castellanos 2011, Sociedad limitada, quien adquirirá, por sucesión, todos los derechos y obligaciones del patrimonio segregado. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad Alumabe Castellanos, Sociedad limitada, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión parcial, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de la sociedad escindida durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
León, 5 de noviembre de 2010.- María Beatriz Martínez García, Presidente del Consejo de Administración de Alumabe Castellanos, Sociedad limitada.
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