Contido non dispoñible en galego
Anuncio de fusión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas generales universales de socios de las sociedades, "Agro Extremeña, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente) e "Izalco Compañía Inmobiliaria, Sociedad Limitada" (sociedad absorbida), con fecha 2 de noviembre de 2010, aprobaron la fusión por absorción entre dichas sociedades en virtud de la cual "Agro Extremeña, Sociedad Anónima" absorbe "Izalco Compañía Inmobiliaria, Sociedad Limitada", traspasando como consecuencia de la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, la totalidad de los elementos de su Activo y su Pasivo a la sociedad absorbente que será beneficiaria de dicha operación.
Así mismo, por tratarse de una fusión de las enumeradas en el artículo 23 punto 2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril que regula las modificaciones estructurales de las sociedades, la sociedad absorbente adquirirá por sucesión universal el patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá, aumentando el capital social en la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid. La fusión fue aprobada de acuerdo con las menciones recogidas en el proyecto de fusión, redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes, el cual fue depositado en el Registrao Mercantil de Madrid el día 28 de septiembre de 2010, y, los Balances de fusión de dichas sociedades cerrados el 31 de diciembre de 2.009, debidamente aprobados.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados así como de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
En Madrid a, 4 de noviembre de 2010.- El Administrador Solidario de "Izalco Compañía Inmobiliaria, Sociedad Limitada" y Secretario del Consejo de Administración de la mercantil "Agro Extremeña, Sociedad Anónima", José Luis Gómez Dégano y Ceballos de Zúñiga.-La Administradora solidaria de "Izalco Compañía Inmobiliaria, Sociedad Limitada" y Presidenta del Consejo de Administración de la mercantil "Agro Extremeña, Sociedad Anónima", María Concepción Gómez Dégano y Ceballos de Zúñiga.-El Vocal miembro del Consejo de Administración de la mercantil "Agro Extremeña, Sociedad Anónima", Ernesto Trigueros Gómez-Dégano.
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