De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que por unanimidad de los socios de "HUCASVE, S.L." y "CLINICA PROVENZA, S.L." han decidido aprobar el día 2 de noviembre de 2010 la fusión de las referidas Sociedades mediante la absorción de "Clínica Provenza, Sociedad Limitada" por "Hucasve, Sociedad Limitada", siendo ambas sociedades íntegramente participada de forma directa e indirecta por el socio único Mundishospital, S.L.
La referida fusión se lleva a cabo con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la absorbida. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.
Se hace constar que se aprobaron los respectivos balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2009 como balances de fusión y que las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, a efectos contables, a partir del ejercicio 2011, es decir 1 de enero de 2011.
A su vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los balances de fusión aprobados, así como el derecho a oponerse a la fusión, en los términos del artículo 44 de la citada Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de este Acuerdo de fusión.
Barcelona, 2 de noviembre de 2010.- Don Pedro Ayesa Cano, Administrador único de "Hucasve, S.L." y "Clínica Provenza, S.L.".
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid