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Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las sociedades Obinesa Grupo Empresarial, S.L.U., y Lubasa Concesiones, S.L.U., celebradas el día 29 de Octubre de 2010, aprobaron la fusión por absorción de la sociedad «Lubasa Concesiones, S.L.U.», con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de ésta, por estar la sociedad absorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Castellón.
La fusión se realiza al amparo del artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, todo ello en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Castellón, 2 de noviembre de 2010.- Gabriel Alberto Batalla Reigada, Presidente del Consejo de Administración de Obinesa Grupo Empresarial, S.L., y Administrador Único de Lubasa Concesiones, S.L.U.
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