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La Junta General Extraordinaria de socios de Vigourban, S.L. celebrada el 12/11/2010, decide por unanimidad, la escisión parcial a través de escisión de una unidad dedicada a la comercialización de vehículos a motor, motos, vehículos eléctricos, recambios y piezas relativas a los mismos así como su mantenimiento y gestión (Valor: 500.000,00 €) y transmisión a la sociedad de nueva creación Carabillas Vehiculos a Motor, S.L.
La escisión se acordó en base al Informe del Administrador único de la entidad el 11/11/2010.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad escindida se considerarán realizadas por la sociedad beneficiaria será el día de la escritura de escisión (22/12/2010).
No se atribuyen en la sociedad beneficiaria ventajas a Administradores de la sociedad escindida. La escisión se acoge al régimen fiscal del Capítulo VIII del Título octavo de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del impuesto de sociedades.
Se anuncia el derecho de socios y acreedores de obtener el texto integro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores cuyos créditos estén vencidos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este acuerdo.
Vigo, 15 de noviembre de 2010.- El Administrador único, don Ricardo Suárez Ramilo.
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